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Condenado al pago de más de 130.000 euros por atropellar a una anciana en el Port

La sentencia en primera instancia fue revocada en la parte que incrementaba la indemnización en 40.000 euros como compensación a los dos hijos de la víctima por los «daños morales»

Condenado al pago de más de 130.000 euros por atropellar a una anciana en el Port

Un conductor ha sido condenado a indemnizar con más de 130.000 euros a una mujer mayor a la que atropelló en el barrio de Churruca del Port, causándole secuelas que le han postrado en una silla de ruedas. Así lo dictó el juzgado de instrucción número 2 de Sagunt en sendos juicios de faltas y lesiones, que posteriormente ha ratificado la Audiencia Provincial tras reducir la cuantía en 40.000 euros, que era la compensación que en primera instancia se había determinado en concepto de «daños morales» para los dos hijos de la víctima, encargados de sus cuidados desde el siniestro.

Los hechos ocurrieron una mañana de invierno del año pasado, después de que el condenado dejara a sus hijos en el colegio Maestro Tarazona. Según consideran probado los fallos, el conductor «no se cercioró ni percató de la presencia de la viandante», debido a que «le deslumbraba el sol». Sin embargo, ese atenuante, unido a la atención que prestó el denunciado a la víctima hasta personarse la Policía Local y la ambulancia, no ha evitado la condena por imprudencia simple.

Y es que entienden los magistrados que el conductor, que reconoció «la visión de un bulto», no adoptó «las medidas preventivas correspondientes» como reducir la velocidad o parar la marcha. La «negligencia», según las sentencias, queda corroborada porque el atropello tuvo lugar en medio de la calzada y estuvo precedido «del lento caminar de la peatón, es decir, con tiempo y espacio suficiente para ser advertida si se hubieran prestado atención a las circunstancias».

En cualquier caso y pese a la reclamación de la víctima, la indemnización no alcanzó el máximo previsto por la ley, debido a que sendos jueces consideran que la víctima «confesó que cruzó sin cerciorarse del estado circulatorio», ya que, en caso contrario, «hubiera tenido que alertarse ante la presencia del coche».

Cruce «improcedente»

Además, la anciana realizó un «improcedente cruce por el lugar donde no había paso autorizado», hecho agravado por «estar aquejada por la falta de agilidad suficiente». Sin embargo, las sentencias reflejan sobre esta circunstancia que «en el barrio de Churruca no existen pasos de peatones».

Pero no sólo la «influencia del indebido comportamiento de la víctima en el desencadenamiento del accidente» explica que la indemnización no alcance el máximo legal, ya que esta cantidad le corresponde «a una persona con determinada expectativa de vida», mientras que «la edad de la lesionada y las estadísticas sobre su longevidad pendiente no permiten una suma superior a la acordada.

En cuanto a la revocación de la compensación por daños morales a sus hijos, la Audiencia Provincial considera que ya queda cubierta por el paro derivado de la gran invalidez que le fue concedida a la víctima, así como por las circunstancias del siniestro.

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