El grupo Socialista de Canet ha solicitado ante esta sala la ejecución de la sentencia que dictó este tribunal el pasado mes de mayo en la que se solicitaba al ayuntamiento que exigiera a Mingarro «la devolución de las cantidades percibidas como equipo de gobierno desde febrero de 2012», una cantidad que ronda los 80.000 euros.

La solicitud de ejecución de sentencia se presenta después de la interposición de un recurso de casación por parte de Mingarro contra el fallo emitido por esta sala quinta de lo Contencioso Administrativo contra el que cabía el mismo. «No sabemos cuánto tiempo tardará en resolver el tribunal este recurso, pueden ser meses incluso años, por lo que consideramos que el dinero debe devolverse a las arcas municipales y que la administración disponga de él. En el caso de que el recurso sea favorable a Mingarro, el ayuntamiento tendrá que devolverlo», explicaba el abogado de los socialistas, Rafael Béjar, aunque el letrado confía en que la justicia les siga dando la razón.

La última sentencia deja claro que los derechos económicos del edil a partir de su incorporación en el gobierno «han de ser idénticos a aquellos que habría percibido de no estar en éste (de permanecer en el grupo municipal del PSPV-PSOE)». El fallo se basa en el artículo 73.3 de la Ley de Bases de Régimen local en la que se recoge que «los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que le hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia».

El documento certifica como probados que los ingresos de Mingarro como teniente alcalde del gobierno fueron «completamente diversos» a los que habría ostentado si hubiera seguido en el PSPV. Además de referirse en varios párrafos al hecho como «transfuguismo».

El proceso se inicia en 2013 cuando los socialistas interpusieron un contenciosos administrativos ante el rechazo de la moción presentada por ellos en el pleno para solicitar la devolución de las cantidades presuntamente cobradas de más por el edil. En ese caso, el fallo de la sala 6 , en septiembre de 2015, fue el de inadmitir ese recurso por «falta de legitimación activa». Ante la respuesta, el PSPV presentó un recurso de apelación ante el TSJ que tuvo una sentencia favorable a ellos (mayo 2017), ya que «revoca» la resolución judicial anterior y deja claro que el acuerdo plenario que rechazó la moción «es contrario al ordenamiento legal aplicable».

Aunque Levante-EMV se ha puesto en contacto con Mingarro, éste ha declinado pronunciarse.