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Más de dos años de cárcel por maltratar al menos 5 veces a su pareja

El juzgado no lo consideró un delito de maltrato habitual pese a quedar demostrada la reiteración en las agresiones

Edificio de la Ciudad de la Justicia E.P.

La sección primera de la Audiencia Provincial de València ha ratificado la sentencia dictada en primera instancia por el juzgado número 2 de lo Penal que condenó a un hombre a 27 meses de cárcel por sendos delitos de maltratos por hasta cinco episodios de agresiones contra su pareja, con la que residía en Sagunt.

La víctima, que se encuentra en una casa de acogida desde abril del pasado año hasta al menos la emisión del fallo definitivo antes del verano, mantenía una relación con el agresor desde hace 25 años y, pese a que la violencia declarada como probada por sendos juzgados se remonta a octubre de 2016, no presentó denuncia hasta abril de 2018.

Incluso en ese momento llegó a retractarse y solicitar la libertad del acusado, «debido a la situación culpabilidad a la que se encuentra sometida, así como al temor por posibles represalias», según los fallos, aunque el procedimiento judicial siguió su curso hasta la condena de la Audiencia València, contra la que ya no cabe recurso.

El primero de los episodios por los que fue condenado este hombre, dedicado al transporte internacional, se produjo mientras la víctima dormía, cuando «con evidente ánimo de amedrentarle le agarró del cuello y comenzó a proferirle expresiones tales como "yo a ti te tengo que matar" llegando a coger un cuchillo, e incluso a provocarle un corte en la palma de la mano, motivo por el cual acudió al Hospital de Sagunto, si bien manifestó al ser atendida ser un mareo, al tener una total situación de shock», relatan las sentencias.

Apenas tres meses después, la pareja inició un viaje por Europa por motivos laborales y, al llegar a la provincia de Guipúzcoa, «se inició un discusión entre ambos, momento en el cual el hombre, con ánimo de atentar contra su integridad física comenzó a agredirla llegando a propinarle un golpe en el pómulo izquierdo, así como arañazos en muñecas y cuello». La mujer «emprendió la huida aprovechando que el acusado se había quedado dormido y fue acompañada por vecinos del lugar al Hospital de Bidasoa, si bien al ser citada al Juzgado de Violencia contra la Mujer de Pamplona no denunció los hechos debido al estado de sufrimiento y emocional al que estaba sometida».

Esta situación se tornó insostenible en abril del año pasado, cuando, durante tres días, «el acusado golpeó a la víctima en piernas, antebrazos y cuello, todo ello en el domicilio familiar». La denuncia presentada por la mujer y la evidencia del maltrato llevó al acusado a prisión provisional desde el 12 de abril hasta el 10 de agosto.

La condena al agresor por sendos delitos de maltrato en el ámbito familiar y maltrato incluye, además de los 27 meses de cárcel, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un año y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros y comunicarse con la víctima durante 12 meses. En cualquier caso, el hombre fue absuelto del delito de maltrato habitual del que también se le acusaba.

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