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Tribunales

Condenan a la APV a indemnizar con 4,5 millones a una firma de Sagunt

El TSJ falla que hubo daños y perjuicios por el retraso del PIF y el suministro eléctrico deficiente

Condenan a la APV a indemnizar con 4,5 millones a una firma de Sagunt

La Autoridad Portuaria de València (APV) ha sido condenada a pagar una indemnización de 4,5 millones de euros a una concesionaria en sus instalaciones de Sagunt por el retraso en la apertura del puesto de inspección fronterizo (PIF) y la falta de suministro eléctrico suficiente.

En octubre de 2016 fue cuando la empresa, Intersagunto Terminales, presentó su demanda, en la que exigía una indemnización por encima de los 9 millones de euros por daños y perjuicios, que fue rechazada en noviembre de 2017 por el consejo de administración de la APV.

La firma, concesionaria desde verano de 2012 de un dominio público portuario en el muelle norte 2 de Sagunt, recurrió entonces a la Justicia, donde la sección primera de la sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha determinado el pago de una compensación de más de 3,1 millones por los retrasos en el PIF y de 1,3 millones por el daño emergente y lucro cesante provocado por la falta de suficiente suministro eléctrico.

En este último caso y según recoge la sentencia, la empresa sufrió perjuicios por la pérdida de tráfico de contenedores, ya que la potencia suministrada no era suficiente para operar a la vez con las dos grúas portacontenedores STS, que instaló en su terminal en 2015 como había recogido en el proyecto de actividad avalado por la APV. Según denunció la empresa y ha ratificado la Justicia, «la deficiente prestación del servicio eléctrico fue la causa de la falta de utilización de una de las grúas con las consiguientes pérdidas».

Y es que la concesionaria, después de instalarlas, ya detectó los primeros problemas en la fase de pruebas, cuando, al utilizar las dos a la vez, se producían cortes en el suministro, que llegaron a afectar durante dos días a todo el recinto portuario. Esta situación motivó una queja de la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios del Puerto de Sagunto, que manifestaba la preocupación entre el colectivo de gruistas por la caída de tensión cuando intervenían estos dos portacontenedores y reclamaba la suspensión de las operativas conjuntas.

La APV trató de salir del paso de esta cuestión con el argumento de una deficiente instalación de las grúas, un extremo que el TSJ no niega, pero no considera suficiente como causa de la falta de funcionamiento. Como prueba de esta conclusión, el fallo apunta que «cuando en agosto de 2016 se aumentó la potencia al ejecutar la APV una nueva acometida de media tensión, los problemas desaparecieron».

Puesto de inspección

Otra cuestión es el PIF, cuya construcción de acabó hace unas semanas y todavía está pendiente de ponerse en marcha. En este caso, Intersagunto Terminales probó que esta instalación, necesaria para el tráfico de productos agrícolas, de origen animal o destinados al consumo, estaba proyectada antes de su concesión y contaba con ella para desarrollar su actividad.

Sin embargo, los retrasos imposibilitaron la captación de este tipo de mercancía, que ha seguido desviándose al puerto de València. En este caso, la APV argumentó sin éxito que la empresa ya sabía que el PIF no era operativo cuando solicitó la concesión y que su construcción dependía de otras administraciones, pero el TSJ asegura que «se vuelve a equivocar» la APV, ya que «confeccionó los pliegos que debían regir la concesión y, una vez que supo que el PIF se retrasaría, debió hacer a la empresa un otorgamiento condicionado o modificar la concesión».

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