TRIBUNA

Antes era injusto, ahora es ilegal

Un integrante de la cofradía de La Sang de Sagunt reflexiona sobre la reciente sentencia del Tribunal Constitucional

Procesión del Viernes Sagunt en Sagunt.

Procesión del Viernes Sagunt en Sagunt. / Daniel Tortajada

José Vicente Blasco Arnandis

El Tribunal Constitucional, en sentencia de 4 de noviembre de 2024, ha reconocido, finalmente, que es discriminatorio excluir a las mujeres en una Cofradía Católica. La demanda fue aceptada en todos los Tribunales pero hace cuatro años el Tribunal Supremo la rechazó. Fue interpuesto recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que acaba sentenciando: «la imposibilidad de ingresar en la (Cofradía) por el simple hecho de ser mujer constituye una discriminación por razón de género prohibida por el art. 14 CE y que no queda tampoco amparada por la libertad de autoorganización (art. 22 CE)» y, así, anula la sentencia del Supremo y obliga a admitir mujeres católicas en una Cofradía Católica.

El Constitucional se basa en dos pilares: por un lado, la libertad religiosa de la Cofradía no queda vulnerada porque la exclusión de las mujeres no tiene ninguna «valoración o motivación religiosa». Además, una Cofradía Católica transciende la esfera religiosa y deviene un «fenómeno social y cultural» donde no puede mantenerse la discriminación de la mujer. En realidad, la libertad religiosa que se vulnera es la de las mujeres católicas que no son libres de incorporarse a la cofradía que quieran.

El segundo fundamento de la sentencia recae sobre el derecho de asociación. Reconoce el Constitucional el derecho de los asociados pero recuerda el derecho de las personas que quieren asociarse, en este caso las mujeres católicas, que cumplen con todos los requisitos para ser cofrade. La Cofradía ocupa una «posición privilegiada», es única, de manera que creando otra cofradía no podríamos celebrar la Semana Santa de la misma manera, con la misma vestimenta, las mismas procesiones, los mismos actos y lugares… A su vez, todo este carácter único permanecería invariable, sin importar que el cofrade sea niño o mayor, español o extranjero, hombre o mujer.

Excluir por su sexo a una persona católica de una Cofradía Católica era injusto; ahora es ilegal, es inconstitucional.

Tras esta importante sentencia, que es en última instancia y no cabe apelación, cualquier persona podría acudir a los Tribunales de Sagunto y obligar a la Cofradía de la Sangre a modificar sus Estatutos.

Cambio desde dentro

Desde Semana Santa Sagunto Inclusiva seguimos defendiendo que sea la propia Junta General, la voluntad de todos los Cofrades, la que acepte el cambio de los Estatutos y que no sea impuesto desde fuera.

Es por eso que este año volveremos a recoger firmas para convocar una nueva votación, seguramente la última.

Apelamos, una vez más, a la responsabilidad y a la madurez de todos los cofrades y de la sociedad saguntina en general. Cualquiera que sea nuestra opinión o posición al respecto debemos aceptar que toda persona católica, sea cual sea su condición, tiene derecho a formar parte de una Cofradía Católica.

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