Sagunt revisa su normativa para poner coto a los apartamentos turísticos

El ayuntamiento impulsa una serie de modificaciones en el PGOU para precisar la compatibilidad de este uso en manzanas residenciales u hoteleras

Excluye este tipo de inmuebles en la mayoría de bloques de viviendas para proteger los comercios de proximidad

Promoción de nueva construcción en Sagunt.

Promoción de nueva construcción en Sagunt. / Daniel Tortajada

Sagunt

El Ayuntamiento de Sagunt no es ajeno a los movimientos de distintas administraciones para poner coto a las temidas viviendas de uso turístico (VUT). En el entorno más próximo, Canet d'en Berenguer ya suspendió la concesión de licencias para dar tiempo a una reflexión en profundidad sobre este fenómeno, mientras que la capital del Camp de Morvedre opta por revisar la normativa municipal que regula su compatibilidad urbanística.

El primer paso ha sido la apertura del período de consultas para introducir una serie de modificaciones en consonancia con la nueva legislación de este tipo de inmuebles, "ante la proliferación y crecimiento de los mismos de una forma muy intensa", según recoge el dictamen municipal al que ha tenido acceso Levante-EMV.

Las solicitudes de informe de compatibilidad urbanística superaron las 240 el pasado año

Este informe del departamento de Planeamiento, que dirige el concejal Javier Raro, recoge datos que demuestran que Sagunt está en este caso. Se trata de las solicitudes de informe de compatibilidad urbanística de las VUT, que en 2022 apenas superaron el centenar, en 2023 ya rozaron las 220, un año después alcanzaron las 241, mientras que en el presente ejercicio, según el expediente firmado el 1 de abril por el alcalde, Darío Moreno, se había tramitado una treintena de peticiones.

Modificaciones del PGOU

En este contexto y en el ejercicio de la competencia municipal para regular las viviendas turísticas, el ayuntamiento reconoce como punto de partida que estos inmuebles "con su actual concepción legal" no están tolerados en suelo terciario por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Sagunt, que se remonta a 1992. El informe precisa que "interpretar que es admisible dentro del uso hotelero llevaría a una desnaturalización -de este último-, en una trama de ordenación caracterizada por la escasez en la previsión de manzanas hoteleras, en contraposición con la abundancia de residenciales".

Este preámbulo sirve para justificar unas modificaciones que quedan divididas en cuatro apartados. El primero se centra en una "aclaración terminológica" del PGOU para precisar la exclusión de las VUT del uso terciario y admitirlo en el residencial, cuya definición concreta en "un edificio o parte de un edificio destinado a residencia familiar", referencia a la que ahora se añade "... permanente o temporal de personas".

Compatibilidad de usos

Los dos siguientes capítulos, que se unifican en la décima disposición adicional, inciden en las viviendas turísticas que son admisibles en suelo reservado a viviendas o a uso terciario. Del primero y en aras de la "protección del tejido comercial en la trama urbana" se declara incompatible, con algunas excepciones, en las plantas bajas de bloques de pisos en altura.

Apartamentos turísticos en València.

Apartamentos turísticos en València. / Levante-EMV

Además de precisar que esta restricción no se aplica a las plantas superiores de este tipo de inmuebles, la propuesta de Planeamiento es tolerar las VUT en manzanas residenciales que admiten las viviendas en las plantas bajas. De esta forma, la nueva normativa aporta una "solución equilibrada", entre "la red de comercios y actividades de servicios de proximidad, que es esencial en los procesos de formación de las ciudades", y los alojamientos turísticos, entendidos como "soluciones habitacionales admisibles, válidas, más asequibles y, en definitiva, alternativas para atender también la actual alta demanda de vivienda que existe".

Alojamientos en bloque

Sobre las zonificaciones terciarias, las VUT serán admisibles solo en parcelas hoteleras donde "se constituyan alojamientos en bloque o conjunto de apartamentos turísticos", cuya definición concreta en "un edificio o complejo integrado por apartamentos, villas, chalés, bungalows o similares que, con instalaciones o servicios comunes, sea destinado al tráfico turístico por una misma unidad de explotación, sin posibilidad de división de cada uno de los alojamientos".

Teniendo en cuenta que la implantación de actividades hoteleras está bonificada por el Ayuntamiento de Sagunt, esta modificación del PGOU contempla un último punto en el que se excluye este tipo de ayudas en el caso de que la promoción desarrollada sea para VUT.

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