Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Despedida por irse de fiesta en Canet mientras estaba de baja y embarazada

El TSJ da la razón a una farmacéutica del Port de Sagunt que echó a la empleada al comprobar por redes sociales que había asistido a dos procesiones, un concierto y los 'bous al carrer'

Una farmacia de Sagunt.

Una farmacia de Sagunt. / Levante-EMV

Rafa Herrero

Rafa Herrero

Sagunt

Las salidas festivas, más concretamente su publicación en las redes sociales, le han valido el despido disciplinario a una técnica que trabajaba en una farmacia del Port de Sagunt. Los hechos se remontan al verano de 2023, cuando esta mujer apenas llevaba unos meses en su puesto e inició a finales de julio los trámites de incapacidad temporal por contingencias comunes, debido a complicaciones con el embarazo.

A través del WhatsApp, la empleada informó a su jefa de una primera baja de una semana por "tener la placenta mal" y requerir reposo. Después de varias atenciones de urgencia en el Hospital de Sagunt "por fuertes dolores abdominales", la incapacidad se fue prolongando hasta más allá del mes de octubre, tiempo en el que también presentó problemas en el nervio ciático y la médica de cabecera le transmitió que "por las horas que estaba de pie en su trabajo, no le podía dar el alta".

Reasignación automática del puesto

A este respecto, se da la circunstancia de que esa farmacia del Port de Sagunt, que cuenta en su plantilla con una amplia mayoría de mujeres, tiene por costumbre que, cuando alguna de ellas se queda embarazada, le asigna automáticamente un puesto de recepción de mercancías, en el que "trabaja sentada y sin grandes esfuerzos físicos". Así lo reflejó la empleada en sus sucesivas bajas, en las que señaló que su ocupación era de "almacenera, recepción/mercancías".

Esta aparente normalidad voló por los aires cuando la empresaria tramitó un expediente disciplinario que desembocó a principios de noviembre en la comunicación del despido, con efectos inmediatos, por una "falta muy grave de transgresión de la buena fe contractual, fraude, deslealtad y abuso de confianza".

Conductas incompatibles

En esta carta se justificaba la decisión en que se "había tenido conocimiento, a través de publicaciones en varias redes sociales los días 7, 9 y 13 de septiembre, de que la trabajadora había realizado conductas incompatibles con su situación de incapacidad temporal, habiendo comprobado, además, que faltó a la verdad cuando comunicó su ocupación" al tramitar las bajas.

'Bous al carrer' en Canet d'en Berenguer.

'Bous al carrer' en Canet d'en Berenguer. / Daniel Tortajada

Estas afirmaciones iban acompañadas de varias grabaciones en las que se veía la participación "efectiva" de la trabajadora en dos procesiones religiosas, espectáculos de 'bous al carrer' y el concierto de la Orquesta Montecarlo. El preceptivo acto de conciliación laboral, que tuvo lugar a finales de año, se resolvió sin acuerdo, así que la empleada demandó a la farmacéutica, al considerar que su despido había sido improcedente.

Dos sentencias

Una primera sentencia del juzgado de lo social número 17 de València dio la razón a la empresaria, aunque la trabajadora no se rindió y presentó recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana, que también ha sido desestimado. Al menos y gracias a reunir las condiciones para ser beneficiaria de asistencia jurídica gratuita, la demandante no tendrá que hacer frente a las costas procesales.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents