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El Supremo obliga a Canet a revisar de oficio el contrato de agua firmado hace más de dos décadas

El Tribunal da la razón a una empresa del sector tras años de litigio y condena en costas tanto al ayuntamiento como a Egevasa

Edificio municpal en la playa de Canet d'En Berenguer.

Edificio municpal en la playa de Canet d'En Berenguer. / Daniel Tortajada

Mónica Arribas

Mónica Arribas

Canet d'en Berenguer

El Ayuntamiento de  Canet d’en Berenguer deberá revisar de oficio el contrato de gestión del agua potable y alcantarillado que otorgó hace más de dos décadas a la empresa Egevasa y no se descarta que tenga que volver a licitarlo en los próximos meses. Algo más de tres años después de rechazar esa medida con un acuerdo plenario que contó solo con una abstención, el consistorio tendrá que acceder a esa petición de una compañía del sector tras su victoria en los tribunales.

La razón es que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite de los recursos de casación presentados por el consistorio y Egevasa (Empresa General Valenciana del Agua, S.A.) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana de 31 de marzo de 2025 que daba la razón a la empresa Aqlara Ciclo Integral del Agua, cuando esta demandó la revisión de oficio.

Esta decisión, adoptada el pasado 11 de marzo y que se hará pública en los próximos días, "es firme e impone el pago de 2.500 euros de costas a las dos partes que presentaron el recurso de casación", como han reconocido desde el ayuntamiento.

22 años atrás

Los hechos a los que se refiere este proceso comenzaron hace 22 años cuando el ayuntamiento gobernado por Amparo Mañó (EU) otorgó a Egevasa la gestión del ciclo hidráulico en abril de 2004. Posteriormente, en febrero de 2009, el mismo consistorio presidido por Mañó acordó una prórroga con esta mercantil participada por la Diputación de Valencia y la antigua Aguas de Valencia. Esta última se justificó en parte aludiendo a la necedidad de construir una planta de ósmosis que garantizara un suministro de calidad, una infraestructura que nunca se llegó a hacer.

Ayuntamiento de Canet d'en Berenguer.

Ayuntamiento de Canet d'en Berenguer. / Daniel Tortajada

Estas decisiones se tomaron mientras era secretario municipal José Antonio Sancho Sempere, la persona que mayor poder de decisión tuvo durante muchos años en todos los contratos firmados por el ayuntamiento y que, posteriormente, fue apartada del cargo además de condenada por cohecho junto a la exalcaldesa de la Pobla de Farnals, Natividad García, así como por un delito continuado de prevaricación administrativa en el consistorio canetero.

Disconforme con la prórroga a Egevasa, la empresa Aqlara inició una batalla legal que primero se encontró con la inadmisión de sus peticiones en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Valencia, pero luego contó con el respaldo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), como ha venido informando Levante-EMV.

Esta última anuló el contrato y obligó al ayuntamiento a revisar de oficio tanto el documento firmado inicialmente como su posterior renovación por "haberse dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido". Esa sentencia incluso consideró "llamativo" el contrato inicial porque "optó por un procedimiento tan especial, limitado y restrictivo de la competencia como es el negociado sin publicidad" siendo que lo que estaba en juego era "la prestación de un servicio tan importante como es la gestión del servicio de agua potable y alcantarillado en un municipio con una población actual que supera los 7.000 habitantes. Y siendo, además, un destino de atracción turística por sus playas".

Reacción

Tras el pronunciamiento del Supremo, desde el ayuntamiento han confirmado que, “como no podría ser de otro modo", "va a acatar la decisión y, de hecho, ya se han iniciado los trámites, pese a que la sentencia aún no se ha hecho pública. Una vez más, los vecinos y vecinas y el propio consistorio nos vemos obligados a asumir decisiones adoptadas por anteriores administraciones, ya que el contrato se firmó en 2004 y se prorrogó en 2009”.

"Campaña de mentiras"

A nivel municipal, también se considera que "la decisión del Tribunal Superior, como en su día la del TSJCV, vuelve a poner en entredicho la campaña orquestada por la fantasmagórica Plataforma de Afectados por las Actividades Delictivas de Sancho Sempere, en alusión al exsecretario del ayuntamiento, José Antonio Sancho Sempere, condenado en 2022 por prevaricación", dicen refiriéndose también a ella como una «campaña de mentiras».

Según señalan, "esta entidad, que carece de personalidad jurídica y de miembros conocidos (más allá de su fundador, el abogado jubilado José Ignacio Torres), aprovechó este caso para difundir el bulo de que el proceso podría suponer un coste de cinco millones para el ayuntamiento, sentar en el banquillo a todos los miembros de todas las juntas de gobierno del consistorio valenciano desde 2024 y a todos los funcionarios implicados en la elaboración del informe anulado. La realidad es que, 20 años más tarde, no hay ningún proceso penal o civil en marcha y ni uno solo de los aludidos está siendo investigado, sin contar que las responsabilidades legales -si las hubiera habido- se extinguieron hace una década".

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