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Tribuna

La ignominia de El Malecón

Estamos ante un caso de delito de odio a la clase trabajadora

Vista del Malecón de Menera del Port de Sagunt.

Vista del Malecón de Menera del Port de Sagunt. / Daniel Tortajada

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Ramón García Ortín

Ramón García Ortín

Sagunt

El embrión de lo que hoy es la ciudad de El Puerto tiene su origen en la Real Orden de 11 de agosto de 1902, publicada en la Gaceta de Madrid el 25 de agosto de ese mismo año, por la que se autorizó a la Compañía Minera de Sierra Menera (CMSM) la construcción de un embarcadero para la carga de minerales procedentes de sus minas de Ojos Negros y Setiles. Así mismo se le concedió 400 metros de playa a cada lado del mismo. Hay que resaltar que con estas concesiones se adquieren derechos de uso y disfrute, pero en modo alguno el derecho de propiedad.

La construcción del embarcadero, que coincide con el actual muelle Norte, supuso la acumulación de arenas en la parte norte que han dado lugar a lo que hoy conocemos como El Malecón de Menera y a la excelente playa que hoy disfruta la ciudadanía. Como contrapunto, el sur de la costa la transformó en un paraje desolado compuesto de cantos rodados de grueso tamaño.

Liquidación

Al poco tiempo de cerrar los Altos Hornos en 1984, la CMSM cesó en su actividad al desaparecer uno de sus principales clientes. El 29 de septiembre de 1987 su junta general de accionistas declaró su disolución y liquidación. A partir de ese momento, las distintas administraciones comenzaron a aplicar la ley relativa al tipo de concesiones que tenían otorgadas, y a revertir al dominio público dichas concesiones, tanto mineras como en el dominio marítimo terrestre.

Propuesta para un Malecón público y verde.

Propuesta para un Malecón público y verde. / Levante-EMV

Relatadas cronológicamente: El 6 de febrero de 1989 una orden del departamento de Industria, Comercio y Turismo de Aragón declaró la caducidad de todas las concesiones de explotación de mineral de hierro que la CMSM tenía en Ojos Negros (Teruel). El motivo era que las minas se hallaban inactivas desde 1987 y 1988.

Pantalán

El 1 de marzo de 1990, el consejo de administración del Puerto Autónomo de Valencia consideró caducada la concesión administrativa realizada en 1974 para la construcción del Pantalán para cargadero de mineral. La caducidad la basó también en la disolución de la sociedad, que en esos momentos estaba ya en trámite de liquidación, revertiendo todas las instalaciones que formaban parte de la concesión.

El 18 de diciembre de 1991, una orden del Ministerio de Obras Públicas y Transportes aprobó el Proyecto de Zona de Servicio del Puerto de Sagunto, que coincidía con la zona sur, lo que suponía el rescate de la concesión y al que recurrieron SIDMED, la CMSM y ENFERSA, alegando que incluía terrenos de su propiedad. Los recursos no prosperaron con el argumento de que, en el deslinde aprobado por O.M. de 6 de julio de 1950, no se produjo reclamación alguna.

Concesiones rescatadas

Es decir, en 1991, todas concesiones realizadas a la Compañía Minera de Sierra Menera las habían rescatado las distintas administraciones: las minas el departamento de Industria de Aragón; el Pantalán, con sus terrenos y todas sus instalaciones, la Autoridad Portuaria de Valencia; y toda la zona de servicio del puerto el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

¿Qué queda por rescatar casi 40 años después? El Malecón. El motivo por el que no se declara la caducidad de la concesión en este caso habrá que buscarlo en el interés urbanístico que ofrece ese terreno que está, no en primera línea de costa, está en la línea cero, sobre zona de antigua playa. Así, una promotora urbanística, el ministerio de Isabel G. Tejerina (PP) y de Teresa Ribera (PSOE), han intentado, y lo siguen haciendo, sacar El Malecón del dominio público, es decir sustraerlo al disfrute de la ciudadanía, a pesar de que tanto el Tribunal Supremo, como la Audiencia Provincial de Valencia y la Audiencia Nacional, en tres sentencias distintas, han dictaminado que El Malecón es dominio público y que no hay ningún motivo para excluirlo de él.

Insólito

Mientras tanto, el señor alcalde en lugar de tomar la iniciativa para defender los intereses de nuestro pueblo, está a verlas venir, esperando a ver que decide la autoridad de turno. ¡Insólito!

Si en el artículo 510 del Código Penal, que tipifica el delito de odio, sancionando a quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de una serie de grupos, como etnia, raza, orientación sexual…, se incluyera dentro de estos grupos a la clase trabajadora, estaríamos ante un caso de delito de odio, de odio a la clase trabajadora. Lo que está ocurriendo con El Malecón no tiene nombre y ha costado muchas vidas y mucho trabajo.

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