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Seis años de cárcel por continuos abusos sexuales a su hija

Los hechos tuvieron lugar en el Camp de Morvedre, donde el hombre animaba a la menor a desnudarse y a realizar tocamientos como si se tratara de un juego

Fachada de la sede del Tribunal Supremo.

Fachada de la sede del Tribunal Supremo. / Eduardo Parra/Europa Press

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Rafa Herrero

Rafa Herrero

Sagunt

El Tribunal Supremo se ha mostrado inflexible frente al hombre que abusó sexualmente de su hija cuando tenía entre 10 y 13 años. Así lo consideraron probado tanto la Audiencia Provincial de València como el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana, que impusieron a este vecino del Camp de Morvedre una pena de seis años de prisión, ocho de libertad vigilada cuando salga a la calle, cinco años de privación de la patria potestad, seis de prohibición de comunicarse con la víctima y de aproximarse a menos de 300 metros, así como al pago de 15.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños morales.

Este castigo responde a los hechos acontecidos entre 2018 y 2021, «coincidiendo con las fechas en las que el acusado recibía a su hija menor de edad para disfrutar del régimen de visitas que tenía asignado». En «repetidas ocasiones», el hombre, que rondaba los 55 años por esa época, «se desnudaba delante de la menor, haciendo ver que se trataba de un juego, y le animaba a ella a hacer lo mismo, instándole a realizarse tocamientos». Este crudo relato se completa con que, en algunos de estos episodios, el condenado «solicitó a la menor que le masturbase».

Tres tribunales

La primera consecuencia judicial fue el auto dictado a principios de 2023, cuando, con carácter cautelar, se prohibió al acusado acercarse a menos de 300 metros de su hija y comunicarse con ella. Una vez instruido el procedimiento desde el juzgado de instrucción número 7 de Sagunt, la Audiencia Provincial condenó al hombre, el TSJ rechazó su recurso y ahora el Supremo ni siquiera ha admitido a trámite su última apelación.

El condenado esgrimió que se había vulnerado su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva; que faltaba motivación suficiente con la valoración de la prueba de cargo esencial y que se había infringido el derecho a la presunción de inocencia. Intentaba sostener que la presentación de los comportamientos denunciados como "juegos" y la toma en conciencia por la menor de su naturaleza sexual mucho tiempo después "introducen una ambigüedad que exige una motivación reforzada sobre la intencionalidad del recurrente al cometer los hechos".

Revelación tardía

También cuestionaba la fiabilidad del relato de la víctima "por los cambios de versión de los hechos, la incidencia del tiempo transcurrido, la edad de la menor en el momento de cometerse los hechos o el valor probatorio del informe psicológico". Además, la defensa del hombre echaba de menos que las sentencias tuvieran en cuenta "la revelación tardía de los hechos, que vino motivada por un 'episodio psicológico u onírico posterior', lo que introduce un riesgo objetivo de reconstrucción retrospectiva del recuerdo".

Vista de Sagunt, el Port y Canet d'en Berenguer.

Vista de Sagunt, el Port y Canet d'en Berenguer. / Daniel Tortajada

El Supremo desmonta uno a uno estos argumentos, al defender que los fallos "hacen referencia al testimonio de la madre de la víctima, que describió cómo se descubrieron los hechos a raíz de una pesadilla que sufrió la menor, momento en el que confesó los abusos cometidos por su padre. Justificó la demora en la interposición de la denuncia en la necesidad de calmar a su hija y buscar asesoramiento legal previo".

Veracidad de la joven

También se explica en las resoluciones judiciales que la menor, de 17 años cuando declaró en el juicio, tenía "plena conciencia de la gravedad de los hechos" y ratificó los abusos sufridos en un relato "sin graves imprecisiones, fisuras, discordancias o quiebras". Sobre la prueba pericial psicológica, las sentencias avalan a la profesional encargada cuando señaló, tras entrevistarse cuatro veces con la menor, que "la pesadilla fue una manifestación de vivencias traumáticas previas. La falta de precisión en fechas exactas, lejos de invalidar el relato, le otorga mayor veracidad". Este dictamen concluyó que la joven "presentaba un sentimiento de culpa derivado del vínculo afectivo con su padre y que su narración se correspondía con experiencias sufridas".

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