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Sagunt rectifica las condiciones de un contrato por contravenir dos leyes y una orden autonómica

Las alegaciones de la Coordinadora Animalista de la Comunitat Valenciana han obligado al consistorio a modificar el pliego de los servicios que se ofrecen por 95.000 euros al año

Unos perros en un centro de animales.

Unos perros en un centro de animales. / Europa Press

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Rafa Herrero

Rafa Herrero

Sagunt

La Ley 32/2007 para la atención de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio; la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados; así como la orden del 1 de junio de 1996 de la Generalitat sobre la obligatoriedad de la vacunación antirrábica en la Comunitat Valenciana. Esa es la normativa que incumplía el pliego de condiciones del contrato lanzado por el Ayuntamiento de Sagunt a mediados de mayo con un presupuesto de 95.000 euros anuales.

Se trata concretamente de los servicios de recogida y mantenimiento de animales de compañía vagabundos, extraviados o abandonados, así como la recogida de animales muertos. Cuando todavía estaba abierto el plazo para la presentación de ofertas, la Coordinadora Animalista de la Comunitat Valenciana presentó una serie de alegaciones contra el pliego de condiciones técnicas, al tiempo que reclamaba la suspensión cautelar del procedimiento.

Ordenamiento jurídico

Ese escrito, que alertaba de errores en la normativa aplicable, fue remitido por el departamento municipal de Contratación al de Sanidad, cuyo informe admite que "se ha comprobado que algunas normas contempladas -en el expediente- contravienen el ordenamiento jurídico, haciendo necesaria la modificación de los pliegos". En este mismo dictamen también se apostillaba que "el resto de alegaciones del recurso quedan pendientes de revisar con más profundidad".

Fachada del Ayuntamiento de Sagunt.

Fachada del Ayuntamiento de Sagunt. / Levante-EMV

De esta forma y con la intención de "preservar la finalidad legítima del recurso y evitar que la continuación de la licitación cause perjuicios a los licitadores", la conclusión es que "resulta procedente acordar el desistimiento del procedimiento de adjudicación". Según la normativa, el órgano de contratación puede desistir del procedimiento antes de la formalización, aunque está contemplada una compensación de los candidatos aptos por los gastos en los que hubieses incurrido a raíz del anuncio original.

Reformulación de los pliegos

Desde el área de Contratación del Ayuntamiento de Sagunt se anuncia el inicio de "los preparativos de un nuevo pliego de prescripciones técnicas adaptado a la normativa vigente", una labor en la que siguen, según confirman fuentes municipales a Levante-EMV.

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