El uso del cinturón es obligatorio para todos los ocupantes de un vehículo -salvo algunas excepciones-. Pero, en caso de que sea un acompañante del conductor el que no lo lleve puesto, ¿quién debe pagar la multa de la DGT: ¿el propio conductor, el dueño del vehículo, o quien comete la infracción?

En el Reglamento de Circulación, donde se recoge la obligatoriedad del uso del cinturón, se especifica que: “La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción”. Es decir, que pagará la multa quien no lleve el cinturón, eximiendo de responsabilidad tanto al conductor como al dueño del coche.

Pero, ¿y si quien no lo lleva es menor de edad? En ese caso, y de nuevo según recoge el reglamento: “cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con él de la multa impuesta sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de la obligación impuesta a éstos que conlleva un deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores”. Quiere decir que en caso de que sea un menor quien no lleve puesto el cinturón, se hará cargo de la multa de la DGT sus responsables directos.

Según las últimas modificaciones de la Ley de Tráfico, que recogemos en este artículo, no utilizan el cinturón de seguridad conlleva una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos en el carné de conducir, pero en el caso de que fuese a un acompañante a quien pillasen sin cinturón, no se ejecutaría la retirada y se impondría sólo la multa económica de 200 euros.

Existe un último caso, que se refiere a la obligatoriedad de llevar sistemas de retención infantil. En éste, el reglamento recoge que sí es el conductor del coche el responsable de que se utilicen de manera adecuada: “asimismo, el conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil, con la excepción prevista en el artículo 13.4 cuando se trate de conductores profesionales”.

¿Quién paga la multa de si el pasajero de una moto no lleva casco?

Una duda similar a la del cinturón del coche, se genera en moto con el uso del casco. ¿Quién debe pagar la multa de la DGT si es el acompañante quien no lleva casco? Precisamente la Dirección General de Tráfico ha lanzado en suTwitter oficial esta cuestión.

De las tres alternativas la primera es la correcta, según se recoge una vez más en el reglamento: “el conductor de cualquier vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero será responsable por la no utilización del casco de protección por el pasajero, así como por transportar pasajeros que no cuenten con la edad mínima exigida”.

Es decir, que al contrario de lo que sucede en el coche con el cinturón, sí sería responsable el conductor de la moto si el acompañante no utiliza el casco, debiendo de pagar él la multa de 200 euros y restándole además 4 puntos del carné.