Leo con sorpresa, mas bien estupefacción, la noticia publicada en el diario Levante el pasado 16 de Julio, donde textualmente se lee: "CAMS EVITARÁ SENTARSE EN EL BANQUILLO SI OPTA POR VESTIR LA TOGA AL SER ABOGADO". Y abajo podemos leer:"el pasado 3 de Mayo el Presidente envió a un representante para que renovara su ficha de colegiado".

Como Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, desde el año 1.974, me gustaría hacer algunas precisiones al respecto.

Sobre la base de que la noticia publicada sea cierta, y no este influida por intereses espurios, e intentando aclarar que no me mueven intereses políticos ; hace ya tiempo que la política de izquierda o la de derecha me desilusionaron y si me tengo que encuadrar en alguna opción, sin duda alguna, seria la de los indignados, adjunto mis comentarios al respecto:

El Muy Honorable Presidente tiene todo el derecho de darse de alta en el Colegio de Abogados de Valencia, con lo cual evitaría sentarse en el banquillo de acusados, compartiendo banco con su defensa, ejercida por el muy ilustre compañero de profesión y curso, Catedrático de Derecho Penal, don Javier Boix, dejando el banquillo para el resto de los acusados en el tema de los trajes, con lo cual la foto que mucha gente espera, lógicamente, estaría parcialmente amputada.

Ahora bien, ¿Cuáles son los motivos que impulsan al Muy Honorable a darse de alta en el Colegio de Abogados?. Entiendo que solo puede ser uno: El muy honorable ejercicio de la profesión. ¿Y cuales son los principios fundamentales del ejercicio de la profesión de Abogado? Están muy claros: la independencia, la dignidad, la integridad, el servicio, el secreto profesional y la libertad de defensa.

Al darse de alta en el Colegio de Abogados, el Muy Honorable Presidente, se compromete a respetar todos esos principios y nos resulta deleznable y capcioso que el único motivo por el cual el Presidente solicite el ingreso, sea el de no salir en una foto en un banquillo de acusados. Si esto es así, el Colegio tiene la última palabra y aprobará o reprobará su alta, suponemos.

Permítaseme, desde la óptica que da el ejercicio de la Abogacía desde hace 37 años, algún consejo para el nuevo compañero en el caso de ser admitido:

El Código deontológico de la abogacía española establece una serie de obligaciones, concretamente el art. 2 al hablar sobre la independencia dice:"El abogado deberá preservar su independencia frente a presiones, exigencias o complacencias que la limiten, sea respecto a los poderes públicos, económicos o fácticos, los tribunales, su cliente mismo o incluso sus propios compañeros o colaboradores". Partiendo siempre de que el motivo de la colegiación no sea evitar una foto, ¿está el Presidente en condiciones de cumplir esta norma? Yo tan solo lo aviso, por si el Presidente no ha tenido tiempo de revisar el citado Código…

También, y dado que Presidente nunca ha ejercido esta noble profesión, poner en su conocimiento que el Colegio mantiene abiertas múltiples secciones, a las cuales podría incorporarse y sin duda prestar gran ayuda.

Podría incorporarse a la Sección de Turno de Oficio, donde sería acogido con grandes muestras de simpatía, pues sin duda aceleraría el cobro de los honorarios de estos compañeros letrados e igualmente que sus honorarios fueren más acordes al trabajo que desempeñan.

Podría incorporarse a la Sección de Abogados expertos en Derecho Administrativo, la simpatía que recibiría sería la misma, y los funcionarios interinos despedidos en estas últimas fechas, sin duda alguna, lo acogerían con gran alegría en sus demandas contra la Generalidad Valenciana.

Podría incorporarse en la Sección de Abogados Penalistas, bueno, ahí lo tiene un poco más difícil, su Letrado Don Javier Boix igual no le dejaría meter mucha baza en estos temas y se requiere gran experiencia para la distinción de cohecho impropio y otras figuras penales de difícil configuración.

Otra sección del Colegio de difícil incardinación es la recientemente creada de Abogados Seniors,… requiere 22 años de ejercicio…lo tiene complicado; ahora bien, esta sección y atendiendo al repetido Código Deontológico, en su art. 12 le puede ser de gran utilidad, pues dice textualmente "El abogado de mayor antigüedad en el ejercicio profesional debe prestar desinteresadamente orientación, guía y consejo, de modo amplio y eficaz a los de reciente incorporación que lo soliciten".

Como integrante de esta Sección estoy totalmente a la disposición del Presidente para el cumplimiento de este art. 12, y ello de forma totalmente altruista y sin necesidad de nombramiento de asesor ni retribución alguna.

En su virtud:

SUPLICO A LOS ORGANISMOS INTERESADOS: DEPARTAMENTO DE PRENSA DE LA GENERALIDAD VALENCIANA Y COLEGIO DE ABOGADOS DE VALENCIA, que por recibido este escrito se sirvan admitirlo y en sus meritos, se acuerde la tramitación de las correspondientes diligencias, y en su día se dicte la correspondiente resolución ajustada a derecho, en que se nos tenga por parte. Por ser de justicia que insto en Valencia a 19 de Julio de 2.010.

OTROSI DIGO que para el caso de que la noticia publicada sea incierta o no veraz, este Letrado pide sus disculpas para los organismos interesados, solicitando el archivo de las actuaciones. Reitero justicia.