Una absolución no debe dejar mancha alguna en el acusado, aunque haya sido en aplicación del beneficio de la duda, o por insuficiencia de las pruebas. Esto forma parte de nuestro sistema de derechos. Pero tampoco hay que pasarse, convirtiendo la absolución en una acusación contra los acusadores, pues absolver no equivale a proclamar que la persecución judicial haya sido injusta e infundada: ha sido justa, como tal persecución, aunque al no haber concluido en condena el imputado queda libre de toda mancha de delito y, formalmente, hasta de toda sospecha. Recuerdo que, cuando era niño, un individuo de mi ciudad al que se tenía por algo pasado exhibía a quien se le acercaba un certificado médico del hospital psiquiátrico dándole por sano, y retaba al interlocutor a mostrar el suyo. Ya se que es difícil aconsejar discreción a quien ha sufrido tormento mediático, pero es lo que procede.