Opinión
La Económica ante la nueva fundación
Con fecha 3 de octubre de 2012 el presidente de Bancaja entregó a los miembros del consejo de administración de la entidad la propuesta de estatutos de la nueva fundación especial Bancaja. La junta de gobierno de la RSEAPV manifiesta su rechazo a esta propuesta de estatutos, motivado en la excesiva politización del patronato y se opone a participar en dicho órgano de gobierno y representación en las condiciones propuestas.
Esta nueva fundación especial debería estar abierta a la participación social y cultural de personas y/o entidades con amplia trayectoria y conocimiento en estos sectores y por lo tanto idóneas para cumplir con los fines fundacionales; además de demostrar que poseen capacidades para administrar diligentemente los bienes y derechos que integren el patrimonio de la fundación y no un patronato que represente mayoritariamente, por su composición, intereses políticos.
Basta leer el artículo 15 y la disposición transitoria de los estatutos propuestos para observar que los redactores han aplicado los mismos criterios que se aplicaron en Bancaja y sus fundaciones a la hora de seleccionar a los componentes de sus órganos de gobierno. Componentes cuya gestión llevó a la ruina y a la desaparición de Bancaja. Rechazamos, pues, la composición del patronato propuesto en los estatutos por las razones que detallamos a continuación:
Según establece el artículo 15, formarán parte del patronato:
a) «Cinco representantes de la Generalitat». Se trata de una representación de carácter político que pretende reproducir el esquema de representación actual de la asamblea general de Bancaja.
b) «Hasta un máximo de cinco personas serán designadas a propuesta de los patrocinadores que, en su caso, tuviera la fundación». En los estatutos no se especifican las condiciones para ser patrocinador, ¿cuánto dinero tienen que aportar y en qué condiciones?
c) «El conseller competente en materia de economía, o quien éste decida que le represente. Entendemos que no existe razón alguna que justifique la presencia del conseller de Economía en una fundación cultural y benéfico social que persigue un fin de interés general.
d) «Hasta un máximo de siete miembros de entre personas de reconocido prestigio». Sobre este grupo entendemos que al no incluirse en los estatutos los criterios o requisitos exigibles a los futuros miembros para ser considerados como personas de reconocido prestigio no se garantiza en modo alguno que las personas elegidas sean las idóneas.
Queremos llamar la atención sobre los primeros siete miembros «de reconocido prestigio» que van a ser designados. El patronato, para poder designar a estos siete miembros, deberá estar previamente constituido, por lo que la decisión de elegirles recaerá en los representantes de la Generalitat y en el conseller de Economía. Aunque la nueva fundación se constituyera con cinco patrocinadores (de momento no los hay) la representación política sería mayoritaria, por lo que el grupo de reconocido prestigio podría reproducir este mismo esquema político.
Lo mismo sucede con los presidentes de las comisiones delegadas (Segorbe y Sagunto) descritas en el artículo 24. Serán elegidos por los cinco representantes de la Generalitat más el conseller de Economía.
Por otra parte, según la disposición transitoria: podrán formar parte como miembros del patronato, además de los indicados en el artículo 15, hasta 5 representantes más de los grupos procedentes de la entidad fundadora, personal e impositores que actualmente formen parte de los órganos de gobierno de Bancaja bajo las siguientes condiciones: solo podrán estar tres años; no podrán participar en las votaciones de los nuevos miembros del patronato y serán elegidos por el patronato.
Esta disposición transitoria es improcedente e inaceptable: 1º por cuanto prevé la existencia de patronos con capacidad de voto disminuida; 2º porque plantea la presencia de dichos miembros con carácter transitorio sin explicar cuáles son los motivos que justifican que su presencia sea temporal; 3º porque resulta incalificable que entre los miembros minusvalorados se encuentre el representante de la entidad fundadora que representa la legitimidad histórica al ser la nueva fundación especial heredera directa de Bancaja; y 4º porque supone una intromisión ilegal en la capacidad de toda entidad de decidir quiénes son sus representantes.
Con independencia de que la tramitación de esta propuesta de estatutos puede quedar frustrada con la aprobación del proyecto de ley de reestructuración y resolución de entidades de crédito „publicada ayer en el BOE„ que supondrá la disolución anticipada de los órganos de gobierno de Bancaja, la Junta de Gobierno de la RSEAPV, en desacuerdo con esta propuesta de estatutos de fecha 3 de octubre de 2012, reitera su decisión de no formar parte del patronato de la nueva fundación especial.
?Director de la Real Sociedad Económica de Amigos del País (RSEAP).
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