De un tiempo a esta parte algunos medios de comunicación de prensa no escrita y escorada hacia la izquierda extrema acogen opiniones que son proclives a actitudes radicales bordeando la legalidad. Se creen creadores de los derechos y administradores de los mismos. Promueven enfrentamientos absurdos y justifican actitudes de auténtica delincuencia.

Ahora les ha dado por titular que se criminaliza a los sindicatos. Y no es verdad. Lo que ocurre en que confunden entre sindicatos y sindicatos y entre sindicatos y militantes de los mismos. La única realidad es que, desde hace años y no de ahora, ha habido „y la hay„ patente de corso para ahogar derechos individuales en favor de la imposición, las coacciones, las amenazas e incluso las agresiones físicas.

Parece que todo está legitimado si las conductas se enmarcan en el derecho de huelga. Con apoyo en la huelga pretenden colarse actitudes violentas que tienen siempre favorable acogida en los tipos existentes en el Código Penal. Por otra parte, y con la interpretación posibilista de la ley, que tan caro resulta a los seguidores del grupo articulado en torno a Jueces por la Democracia, según las circunstancias y el entorno, muchas conductas delictivas quedan impunes por el arbitrismo de algunos jueces que hacen mangas y capirotes de la justicia creando una auténtica indefensión en las personas objeto de actitudes violentas.

Desde 1978, cuando se promulga la Constitución de la concordia, el artículo 28 exige la existencia de una ley que recoja el derecho de huelga y su ejercicio así como el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad. Mangas y capirotes por parte de los legisladores, el gobierno de turno, la gran patronal y los sindicatos (que son de) clase a quienes conviene vivir en la indefinición total con perjuicio de todos los ciudadanos. Se sobreprotege el derecho de huelga consagrado (religiosamente) en la Constitución y se olvidan el derecho al trabajo, a la libre circulación de personas, a la libertad de domicilio, a la seguridad, a la no injerencia en su vida privada, a la propiedad individua, etcétera, que constan, no sólo en la Carta Magna, sino también en la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde, por cierto, nada se dice del derecho de huelga.

Se habla hoy de Navantia, en Cádiz, de Airbus, de John Deere o de las movilizaciones del sector de la minería donde se ha procesado a numerosos sindicalistas por conductas delictivas. Otro tanto ocurre en Granada con un par de condenados en firme con motivo de una huelga general donde su actuación en un «piquete, informativo le llaman» ha supuesto tres años y un día de cárcel más multa de 2.880 euros, costas del proceso y una indemnización adicional por los actos vandálicos perpetrados en un bar. Y personajes impresentables han prestado su apoyo a los condenados de un ejercicio de irresponsabilidad total y de solidaridad mal entendida.

Quienes defienden conductas criminales y propagan dichas ideas poco hacen por la creación de un clima de concordia, de ejercicio de la razón y del entendimiento entre posiciones enfrentadas. Y los sindicatos afectados mejor harían expulsando a los condenados implicados en tales acciones en lugar de jalearles y propalar la idea de que se está criminalizando a los sindicatos. A menos que los dichos sindicatos hagan del crimen ejercicio de acción sindical, lo que no creo.