La obligación legal de readmitir a todos los antiguos trabajadores de canal 9 provendría de entender que entre la antigua RTVV y la nueva existe lo que en derecho laboral se llama sucesión de empresa. Sin embargo, como ya me pronuncié en les Cort Valencianes cuando me convocaron a la Comisión que estudiaba la Proposición de ley para la recuperación de RTVV, las probabilidades de que esto ocurra son escasas. La normativa obliga a mantener la relación laboral a aquellos trabajadores que tuvieran el contrato vigente en el momento de la sucesión de empresas. Por ello, si se considera que la extinción de los contratos -el último ERE que se realizó por acuerdo- es válida, la nueva empresa podría disponer de los trabajadores que considerara; mismos trabajadores o diferentes; mismo número o menor.

La cuestión sería poner nombre y apellidos a esos trabajadores. Ante ello caben dos posibilidades, la primera sería abrir a concurso público, en igualdad de condiciones, a todos los profesionales del sector. La segunda implicaría conceder derechos de preferencia a los antiguos trabajadores -por ejemplo dándoles más puntos por antigüedad en el anterior ente valenciano-. Sin duda, parece que la segunda alternativa sería la opción consensuada. Una opción que probablemente pudiera satisfacer a todos los implicados. Sin embargo, esta opción presentaría algunos «riesgos» legales que merece la pena ser nombrados. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que si la nueva empresa asume una parte esencial de la plantilla de la antigua podría haber sucesión de empresas. Es decir, la Generalitat, al acoger parcialmente a la antigua plantilla, se podría estar auto-provocando la obligación de readmitir a todos los antiguos trabajadores.

De esta manera, la Generalitat podría verse con las manos atadas a la hora de negociar con los sindicatos la readmisión de parte de los antiguos trabajadores de RTVV a riesgo de tener que asumirlos todos.