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La sentencia 'interruptus'

La sentencia de la audiencia de Palma de Mallorca nos ha dejado a dos velas. En un primer momento parecía contentar a todos, porque era muy inferior a lo que pedía el fiscal del caso, Pedro Horrach. Por ponerlo en corto, la parte de Iñaki Urdangarin quedaba por debajo de la mitad (le pedía 19 años de cárcel). Y las tres juezas magas han absuelto a las dos esposas, la del duque y la de su socio.

Se ha comentado poco que Jaume Matas, expresident del Govern balear, vuelve a ser condenado, por tercera vez, y ya cumplió prisión (mínima y de tres meses) tras revisar una el Supremo. No sabemos si en la vistilla prevista hoy va a dejarle en libertad condicional y permitirle pagar fianza sin entrar en una celda, hasta que el Supremo revise la sentencia y la haga firme.

Sí que se habla y mucho de un cambio de actitud en el fiscal, que sugirió que iba a pedir el ingreso inmediato de Urdangarin en una prisión -por si había riesgo de fuga y tener medios en el extranjero para vivir bien- y a continuación, en una entrevista en radio el pasado lunes, lo repensaba y luego de señalar que no lo tenía aún decidido exponía que podía pedir medidas cautelares para él y Diego Torres, prisión eludible con fianza. A este último le ha caído la sentencia más abultada porque se reconoce el delito de blanqueo de capitales del que se descarga al marido de la infanta. Se aprecia que tal como está puede ser objeto de reducción todavía (como en El Bulli) y que hace dudoso que el duque acabe entrando en prisión y si lo hace (en Badajoz, apuntan) será por poco tiempo. Lo que no va librar de escándalo y alarma social.

Lo más comentado es el funambulismo de la sentencia al poner la pena mínima en cada uno de los delitos de este último y además con atenuantes. No me extraña que la redacción y la justificación de todos y cada uno de los apartados hayan necesitado de ocho meses, porque el ejercicio ha sido de cálculo para que la comparativa no cantara demasiado. Si desafina en algún punto, lo que ha sido comentado, siempre es porque existen dudas sobre el verdadero cometido, como en los casos de los valencianos Alfonso Grau y Luis Lobón, que vinieron a hacer lo que Matas -usar el dinero público y hacer contratos en el límite de la ley- pero tenían superiores, y no están seguras las magistradas de quién negoció con quién ni dónde. El fiscal pedía su condena y apreciaba delito y parece que ante el Supremo argumentará que mantiene la posición y que disiente de las juezas que han fallado con absolución para ambos.

Lo de la infanta, para el último lugar, pero no es lo menos importante. Su absolución conlleva que ha de pagar una multa abultada, por haberse lucrado de las actividades delictivas de su consorte. El beneficio y la pena es inferior a lo que había consignado (más de medio millón de euros) siguiendo el cálculo de sus abogados, que son excelentes y han conseguido que triunfara su tesis: que ella no se enteraba ni en Nóos ni en Aizon, y que firmaba sin mirar ni saber y que prevalecía el amor de esposa. Esta doctrina infanta ha sido muy criticada y no sabemos si va a sentar precedente€

Tras ocho años, una instrucción controvertida, las maniobras de Hacienda con sus informes o de la Abogacía del Estado, y el sesudo trabajo del fiscal, habían puesto los mimbres para que la sentencia, en buena parte, fuera la que es. Con presiones o con instrucciones, con maniobras y mucho ruido mediático, cierto. Es una sentencia interruptus de momento.

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