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Rapear libertad de expresión y Estado de derecho

En el año 2015, en vísperas de la aprobación de la reforma del Código Penal por la mayoría absoluta del PP en las Cortes, sesenta catedráticos de Derecho Penal firmaron y difundieron una carta en la que se alertaba sobre lo que consideraban un desastre. La reforma propuesta por la derecha marianista era defectuosa, técnicamente pobre, prescindía de la tradición jurídica española reciente y bebía doctrinalmente de las peores fuentes del siglo XX, "las más reaccionarias, las más autoritarias, de aportaciones, en suma, que han sido por todos denostadas". Por supuesto, el proyecto gubernamental fue aprobado, aunque únicamente con el voto del PP, lo que resulta realmente insólito en una modificación legislativa de semejante calado. Basta con recordar que la anterior reforma, presentada por el PSOE de Rodríguez Zapatero, votaron favorablemente CiU, ERC y Coalición Canaria entre otras fuerzas parlamentarias.

Las críticas de los catedráticos se centraban, especialmente, en los peligros de una privatización de la justicia como servicio público, en una transformación injustificada de faltas a delitos en varios ámbitos, en una restricción de los derechos de manifestación y reunión, en la instauración de una abusiva revisión de condenas que se alargaba hasta la perpetua y en un trapisondismo antidemocrático, que prescinde de los informes de la Fiscalía General del Estadon y del Consejo General del Poder Judicial previos al trámite parlamentario. No era poca cosa pero, curiosamente, los catedráticos no hacían absolutamente ninguna mención a los retoques realizados en la tipificación de los delitos de incitación al odio y exaltación del terrorismo. Y cabe suponer que no lo hicieron porque -en efecto - las modificaciones resultaban de poca monta.

La condena del Tribunal Supremo al rapero Valtonyc, por tanto, no ha sido posibilitada por la reforma penal de 2015, cuya agresión realmente preocupante y lesiva al núcleo del sistema de derechos y libertades se encuentra, precisamente, en los aspectos subrayados y denunciados por los profesores universitarios. El rapero podría haber sido condenado exactamente a la misma pena en 2014 o 2010. Es enojoso insistir en ello, pero no ha sido condenado "por cantar una canción". La sentencia analiza muchas letras de Valtonyc y encuentra expresiones inequívocamente vejatorias, humillantes y celebratorias del daño o la muerte (a veces explícitamente anhelada) de terceros. Sí, incluido el jefe del Estado, pero no solo el jefe del Estado. Son letras que figuran en varios álbumes discográficos y que es objetivamente difícil no encajar en el artículo 501, que no es un palo mayor donde colgar raperos: sin molestarme demasiado he encontrado varias condenas por el mismo artículo de salvajes que difundían barbaridades en las redes sociales, como un redomado miserable que se dedicaba a celebrar en su cuenta de twitter el asesinato de mujeres y que fue condenado a multa y un año de prisión por la Audiencia Nacional a principios de 2017.

Un admirable y admirado escritor me comenta, indignado, que por la puerta abierta de la sentencia del Supremo "podemos entrar todos". No estoy a favor de que los delitos de opinión permanezcan incrustados en el ámbito de lo penal, aunque así ocurra en la mayoría de los países europeos, pero por supuesto que comparto que la libertad de expresión debe tener ciertos límites, entre otras cosas, para proteger a esa misma libertad de tendencias suicidas. Creo que Valtonyc no debería pasar tres años y medio en el talego. El código penal necesita una contrarreforma necesariamente promovida por otra mayoría parlamentaria lo más amplia y consensual posible. En cuanto a las puertas, estimado Alexis, siempre han estado abiertas. Hace veinte años me senté frente a un juez porque me atreví a escribir que un pintor tinerfeño era malo como un ataque de piedras renales. Sí, la demanda fue admitida. Un millonario y su abogado me pidieron en otra ocasión cien millones de indemnización y un año y un día de cárcel por un solitario artículo. Sí, la demanda fue admitida también. No te voy a contar otros casos más recientes y acaso más patéticos. Como suele ocurrir indignarse, como asustarse o encender las antorchas, no puede ser una metodología eficiente ni eficaz para denunciar los abusos y corregir las patologías del Estado de Derecho en España.

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