Mediodía. Sonaba el teléfono. Pedro conocía bien a su interlocutora, era la técnica de inserción de la ETT con la que últimamente trabajaba. Estaba de suerte, la oferta de empleo era atractiva: mediana empresa, sector industrial, contrato temporal de 3 meses con posibilidad de acceder a la plantilla principal, jornada completa, retribución según convenio e incorporación inmediata. Así fue. Al cabo de una semana había firmado todos los papeles necesarios para su incorporación y el 1 de julio inició la relación laboral. Pedro cubrió todos los turnos vacacionales de julio y agosto.

Y llegó septiembre. La actividad recobraba su normalidad habitual y volvía a implantarse la jornada a turnos. Pedro fue destinado al turno de noche y a un nuevo puesto de trabajo. Y ocurrió. A las 23:16 horas, mientras se encontraba solo al final de una de las líneas de producción, el material que se apilaba verticalmente al final de la misma se desprendió, aplastando al operario. El material era voluminoso, cortante y pesado: 1200 Kg. Pedro continúa en la UCI.

Este suceso es uno más de los que siguen engordando la estadística de accidentes laborales ocurridos el año pasado en nuestra autonomía. Lo que no aparece en los medios de comunicación es el calvario al que se enfrentan las familias cuando, además de sufrir el dolor por la pérdida, deciden iniciar el camino de conocer los hechos, sus causas, para poder exigir responsabilidades. Es en estos supuestos donde, desgraciadamente, mejor se refleja la desigualdad en el conflicto capital-trabajo.

Denuncias, requerimientos, pruebas, plazos, testimonios, todo un galimatías administrativo y judicial para demostrar que el accidente ocurrido no es por responsabilidad del trabajador ni que ocurrió por casualidad, ya que, además, por si fuera poco, la carga de la prueba en muchas ocasiones recae en la persona accidentada, como si tuviera que probar su inocencia ante el accidente.

Para CCOO PV la siniestralidad laboral no es casual sino causal, diríamos más multicausal. Pero hay un patrón común que se repite de forma insistente a lo largo de estos últimos cinco años: la precariedad de nuestro modelo de mercado de trabajo y de las relaciones laborales. ¿Qué significa precariedad? Crisis, reformas laborales, alta rotación en el empleo, escasa duración de los contratos, intensificación de los ritmos de trabajo, bajos salarios, nuevas realidades laborales que externalizan el riesgo, incumplimientos en prevención y un modelo productivo agotado. En definitiva, un deterioro permanente de las condiciones de trabajo al que se sumaría el miedo a perder el empleo. Sí, miedo, porque como nos relataba la familia de Pedro: "No tienes más opciones, hay que continuar, las facturas se han de pagar a final de mes".

Llegados a este punto, podemos decir con claridad que la existencia de normas declarativas de derechos ya no son suficiente, ni tampoco son garantía de que sean cumplidas, el capital sigue siendo insaciable. Pero la clase trabajadora tenemos una importante herramienta que conviene resaltar: el derecho a organizarnos con nuestras compañeras y compañeros en las empresas y a ejercer la acción colectiva, para así conseguir de forma más efectiva el derecho constitucional a la seguridad y a la salud en el trabajo. Es el momento, es tu salud, es tu derecho.