Cuando se fuerzan músculos que no están preparados para una alteración de su funcionamiento habitual, aparece una contractura dolorosa por exceso de tensión. Justamente lo que estaría pasando, desde hace tiempo, en el cuerpo de la Nación. Las tensiones nacionalistas, origen de la sobrecarga e inevitable consecuencia del sedentarismo e inacción del Estado, han contribuido a una inflamación que va en aumento sin que aparezcan síntomas de corrección de las causas que los han provocado. El intento de aplacar el secesionismo mediante la negociación vuelve a provocar en el cuerpo social otro estiramiento brusco, que desemboca en ansiedad, sin que quepa ya el encogimiento de hombros. El diálogo, como el calor suave, conduce a un alivio momentáneo, y tiene unos efectos necesariamente limitados en la medida en que continua la tensión (desobediencia a la ley, deslealtad, provocación sistemática).

Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); en respuesta a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo (TS), acerca de la inmunidad parlamentaria del líder republicano, en su condición de electo en las elecciones europeas; dos procesados en rebeldía que se habían fugado previamente de la Justicia española, recobraron la inmunidad que ahora se trata de enervar. De ahí, el efecto sedante que produce la tenacidad de los fiscales del TS: Zaragoza, Madrigal, Cadena y Moreno que, ajenos al ruido y las utilidades de la política, han requerido al Parlamento Europeo (PE), a través del juez instructor, para que «a la mayor urgencia posible» se suspenda la inmunidad de los procesados rebeldes y se mantengan las medidas cautelares personales (prisión provisional, órdenes nacionales e internacionales de detención y la declaración de rebeldía), actualmente vigentes. Para los pugnaces fiscales, inmunidad no es impunidad.

No deja de ser también ansiolítico que Iratxe García (Baracaldo 1974), vicepresidenta del Partido Socialista Europeo y europarlamentaria desde 2004, haya dado un testimonio lenitivo, apreciable cuando pintan bastos fuera de casa. Disciplinada, modesta y con sentido del deber, cuando en la sesión que asumía la sentencia del TJUE, el presidente del PE -con aire vívido- se disponía a leer un texto, Iratxe le dijo «No le puedes hacer eso a España». Su respeto a la separación de poderes pudo más que la contención de sus emociones y tiró unos dossiers al suelo.

Para completar este círculo virtuoso, Edmundo Bal, abogado del Estado, director de la acción jurídica del Gobierno durante 16 años, como jefe del departamento Penal de los servicios jurídicos del Estado. El Gobierno le purgó por «pérdida de confianza», al negarse a firmar el escrito de acusación por sedición (y no por rebelión), con lo que se vio privado de representar al Estado en la causa del procés.

Resulta que la investidura del presidente en funciones está pendiente de un informe de la abogacía del Estado que, si bien no tiene otro alcance jurídico que informar de la posición del Gobierno sobre la situación en la que ha quedado el líder secesionista tras la resolución del TJUE, se ha querido convertir en la pieza clave del acuerdo que se negocia en penumbra, la libertad para recoger su acta de europarlamentario.

Ahora diputado, Bal ha recordado que la abogacía del Estado no puede pedir la libertad de quien tiene una condena firme, apuesta por alegaciones en el mismo sentido que lo han hecho los fiscales del TS y recuerda: «El artículo 6 de la Constitución establece que es incompatible trabajar para la UE y estar cumpliendo condena».

No es la primera vez que la abogacía del Estado se encuentra en primera línea de fuego relacionada con el juicio del procés. El protagonismo les resulta indeseable; sabedores de que dependen en última instancia del Gobierno, pero, al mismo tiempo, son conscientes que la utilización política que se está haciendo de la institución, no tiene precedentes.

Ambas sentencias, la que condena a los encausados del procés y la respuesta del TJUE, tienen especial relieve para el crédito del sistema judicial español y trascendencia soberana para la salud de nuestro estado de Derecho.

En el juicio de las Salesas, con anterioridad a hacerse público el fallo, el presidente del tribunal hizo valer ante quien lo pudo escuchar las bondades de la unanimidad de los siete magistrados. Es probable que sus buenas intenciones tuviesen que ver con la climatología doméstica y el turno aun pendiente del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. La decisión del TJUE también fue unánime al no existir la figura del voto particular.

A juzgar por la ira incendiaria de los arietes que provocaron los disturbios en Barcelona, la sentencia del TS, a pesar de la confluencia de unanimidad y sedición versus la rebelión defendida por el Ministerio Público, cayó como una bomba de racimo. Aunque el fallo hubiese sido exculpatorio, todo parece indicar que el guion de la respuesta estaba escrito de antemano.

A la hora de sentenciar, los jueces se dan de bruces con una legislación en cuya elaboración no han participado y en la que ni la condición de «preso preventivo» ni la de «prófugo de la Justicia» han sido circunstancias propiciatorias para la privación del sufragio pasivo. ¿Qué culpa tiene entonces el TJUE -que se ha limitado a decir que la condición de diputado se adquiere automáticamente- de que la Ley Electoral de 1985 permita que quienes han participado en el intento de quebrar la vigencia de la Constitución puedan gozar, después de la apertura del juicio oral, de la inmunidad previa que supone concurrir a la cita electoral? Solo hablan las urnas. Y esto incluye a la autoridad competente del país del eurodiputado.

La sentencia ha cambiado el rito y la doctrina. Y de ahí han surgido críticas al TS por haber planteado la cuestión prejudicial y no esperar a que el TJUE se pronunciase. El conocimiento de la sentencia ha causado conmoción en España al resurgir el sortilegio de otras ocasiones: «No nos quieren». Y con ello, las contracturas, en este caso, del alma. Las que mediante la quiebra de valores pasados de moda (lealtad, patriotismo, verdad), y a través de un activismo incesante, armado con altavoces eficaces, buscan el desarme moral de los ciudadanos. Y las que avivan quienes, con desaforada fiebre por el poder, sin contar con los votos para ello y desde la oscuridad de acomodamientos ocultos (negados antes de las elecciones), ponen en riesgo la credibilidad de nuestras Instituciones y la estabilidad territorial del país.

El gesto que se pide a la abogacía del Estado para cuestión tan compleja, no debería exceder de unas pocas líneas, como aprendí de uno de mis maestros. Así que este sería el contenido: «Evacuando el trámite conferido, el Abogado del Estado, en el entendimiento de que la sentencia del TJUE de fecha 19 de diciembre de 2019, no incide sobre el objeto de esta sentencia, interesa de esa Excma. Sala el dictado de la resolución que entienda más ajustada a Derecho. Por ser de justicia que pide en Madrid€» .

La Fiscalía ya ha dicho que considera inaplicable, aguas abajo, la observación de un derecho del acusado que debió aplicarse aguas arriba. Confiemos en que pese más este criterio y que la contractura sea solo eso y no fractura.