Hasta 1986 convivió el término de subnormal. Hoy, afortunadamente, tenemos un término más adecuado y menos estigmatizante como es el de la "discapacidad". A principios de 2000 comienza a dejarse atrás lo que se asociaba a las limitaciones funcionales e intelectuales que daba la condición de discapaz, de persona dependiente, inactiva e improductiva, para pasar a tener en cuenta las habilidades rescatables. Y fue en el 2001 cuando la Organización Mundial de la Salud estableció un concepto de discapacidad ciertamente innovador y que se centra en la persona y en sus posibilidades.

Así, establece que la discapacidad es una condición del ser humano y, no de forma aislada sino en interacción con la sociedad, de forma general, abarca las deficiencias, limitaciones de actividad y restricciones de participación de una persona, tanto físicas como intelectuales. Se dice que las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal, las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas y las restricciones de la participación son dificultades para relacionarse y participar en situaciones vitales.

Nos centraremos en la discapacidad intelectual o psíquica y el impacto que representa para estas personas la declaración excepcional del estado de alarma que se decretó el pasado 14 de marzo. Personas que están en centros, pisos tutelados -domicilios para personas con discapacidad intelectual, para la asistencia, supervisión y fomento de la independencia en las distintas tareas del día a día- o al cuidado de sus padres, y que han experimentado una interrupción de sus actividades y una alteración de éstas como consecuencia de la crisis que atravesamos.

Mayor y más elevado riesgo de contagio, imponer una medidas profilácticas e higiénicas€ todo ello unido al distanciamiento social. Si resulta difícil de llevar a quienes no tenemos afección grave de la salud mental, en la medida que requiere de un nuevo acomodamiento en costumbres, roles y hábitos -entendiendo bien la temporalidad de las medidas y la sucesiva apertura y flexibilización de la misma, conforme se vaya logrando un mejor abordaje terapéutico y se logre dominar la crisis sanitaria a la espera de la solutiva vacuna- para las personas discapacitadas y quienes de su cuidado se ocupan resulta ciertamente complejo cuando no una tarea francamente imposible.

El contacto vivo y el afecto, por lo general, es muy común ante su minoría de edad mental. Pero son adultos que requieren atención y no son capaces de entender situaciones que son excepcionales y extraordinarias.

Los centros de atención a los que habitualmente asistían a realizar su actividad han cesado, los pisos tutelados son difíciles de tutelar, y el foco de contagio les amenaza con mayor intensidad. En consecuencia, son los padres o sus tutores los únicos capaces de velar por su tutela y cuidado.

Ante esta situación excepcional, las medidas se han flexibilizado cuando de discapacitados se trata, permitiendo expresamente las salidas "terapéuticas" de personas con discapacidad del domicilio durante el estado de alarma. La instrucción de Sanidad de criterios interpretativos del Real Decreto de declaración del estado de alarma ha respondido a las demandas del movimiento social de la discapacidad, pues el Ejecutivo una vez más se olvidó de ellos. Y han sido sus familias quienes han reclamado e insistido en la necesidad de regular la situación y lograr que tuvieran la seguridad jurídica para estas necesarias salidas terapéuticas.

Y ello ante la desagradable situación de que se increpaba a estas personas y a quienes les acompañaban y tuvieron que ser plataformas en defensa de sus intereses las que reclamaron e hicieron un llamamiento a la sociedad para que «diera muestras de civismo y sensibilidad» frente a la necesidad las personas con discapacidad intelectual y trastornos de conducta de salir a la calle puntualmente, para realizar paseos terapéuticos. Así se acabó reconociendo a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, puedan realizar los desplazamientos que sean necesarios, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio, según la instrucción del Ministerio de Sanidad publicada el pasado 19 de marzo.

La discapacidad, los discapacitados y quienes se ocupan de ellos precisan de mayor protección ante situaciones excepcionales como la que nos ha tocado vivir. Y se hace necesaria una conciencia social de la dificultad que comporta la guía, manejo y cuidado de estas personas. Todo ello con el apoyo de medidas gubernamentales de ayuda y complemento social ante la situación excepcional que se vive, no solo en tiempo de confinamiento sino, lo que será más difícil, en la deseada y progresiva normalización con una reformulación de hábitos, costumbres sociales y de muestras de afecto que es muy predecible que se vean seriamente afectados y que serán difíciles de integrar en personas con este tipo de discapacidades intelectuales.