Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), había en España en 2018 más de 850.000 personas mayores de 80 años viviendo solas.

Y ¿qué pasa cuando esas personas ya no pueden valerse por sí mismas y no tienen un familiar o persona amiga que se haga cargo o decida por ellas? Pues que desde los Servicios Sociales Municipales de su lugar de residencia, conocedores de un caso y agotadas todas las posibilidades de que la persona dependiente permanezca en su entorno habitual, se trabaja en coordinación con la Dirección Territorial de Bienestar Social para adjudicarle una plaza en un centro residencial, donde se puedan cubrir todas sus necesidades.

Hasta aquí todo parece sencillo pero ¿y si la persona dependiente tiene una mascota conviviendo con ella? (posibilidad nada descabellada si tenemos en cuenta que se estima que cuatro de cada diez familias españolas tiene una mascota en casa), ¿quién se hace cargo y cómo?

Si el ingreso de la persona dependiente en un centro residencial no es tarea fácil, el realojamiento de la persona con su mascota ya resulta misión imposible. No está prevista entre las prestaciones profesionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales recogidas en la vigente Ley 3/2019 de 18 de febrero, la situación derivada de la convivencia con mascotas (algo muy habitual entre los mayores). Cuando cada vez son más las voces autorizadas que aconsejan la compañía de los animales como una excelente terapia vital para las personas mayores, especialmente las que viven solas, porque les ayuda a pensar, a ocuparse de ellos, a alimentarlos, a llevarlos al veterinario, …y a tener su afecto y compañía, a una persona mayor, con un alto grado de dependencia, se la priva de un plumazo de su fiel y estimada mascota, sin pararse a pensar en el daño que le puedan ocasionar en su ya deteriorado estado cognitivo. Sin olvidar a su mascota que, como toda especie animal, también siente y sufre.

Las personas convivientes con una mascota pueden llegar a comprender la desazón, la amargura que puede sentir la persona desprovista bruscamente de su compañera más estimada, de la mascota que siempre ha estado a su lado, haciéndole compañía, dándole cariño.

Y cabe preguntarse: ¿con qué derecho se priva a esa persona de la compañía de su mascota?, ¿con qué derecho se arranca a la mascota de los brazos de su protectora? Sin duda, la solución que se adopte se ajustará a la ley, pero se cometerá una injusticia con la persona dependiente, y lo que es peor, un daño irreparable en su bienestar emocional. La persona afectada, de poder elegir, estoy segura que elegiría poder continuar en compañía de su mascota.

Las autoridades, en el uso de sus competencias, quieren atender a los mayores y demás dependientes, no dejarlos desamparados, y es de agradecer, pero las soluciones deben ser las más adecuadas a cada caso, contemplando las diferentes situaciones que se presentan en la vida real, sin olvidar a las mascotas que convivan con ellos.