Cada vez que nos toca renovar el DNI nos hacemos la misma pregunta: ¿Qué documentación necesito? La renovación del Documento Nacional de Identidad debe hacerse personalmente en la oficina de expedición del DNI, donde se pagará la tasa correspondiente (en este 2014 es de 10,50 euros en caso de que se renueve por caducidad, extravío, sustracción, anticipo o deterioro) y presentarán los siguientes documentos:

- Una fotografía de carné reciente y en color, tomada de frente, con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona.

- El DNI anterior.

En caso de que se haya producido un cambio de domicilio, para renovar el DNI deberá entregarse un certificado o volante de empadronamiento del ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI. Si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los dos últimos meses será necesario aportar también el certificado de empadronamiento al que se hace referencia.

Si se han variado los datos de filiación será necesario presentar el Certificado del Registro Civil, expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de la solicitud del DNI.

Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o esté incapacitado se deberá realizar el trámite en presencia de la persona que tenga encomendada la tutela del menor o la persona apoderada por estas últimas para poder renovar el DNI.

En caso de extravío, sustracción, destrucción o deterioro del DNI será obligado para el titular obtener un duplicado cuya validez sea la misma que tenían los documentos a los que sustituyen, salvo que se hallen dentro de los últimos 90 días de su vigencia ya que en este caso se expedirán con la misma validez que si se tratara de una renovación. En algunos casos se deberá cumplimentar un impreso que le será entregado en la misma oficina y, si el DNI a sustituir es todavía del modelo anterior, se deberá aportar una fotografía más.

En todo caso, el DNI se deberá renovar dentro de los últimos 90 días de vigencia.

Españoles residentes en el extranjero

Los españoles que vivan en el extranjero y soliciten la renovación del DNI deberán aportar, además de todos los documentos anteriores, los siguientes:

- El Certificado de acreditación de residencia, expedido por el Consulado español del país en el que esté inscrito, con especificación del país, localidad, calle y número donde esté domiciliado en caso de que se haya producido un cambio de domicilio. Si no lo hay, este documento no será necesario.

Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero tendrán que renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio nada más trasladen su residencia a España.