L os servicios sociales tienen una función clara: cubrir los desajustes, las desigualdades y los desequilibrios. Son claves en el Estado de Bienestar porque constituyen un medio para hacer efectivo el derecho a vivir en una sociedad más justa y más igualitaria. Para que las personas no se vean discriminadas por su situación de pobreza o de vulnerabilidad. Porque no se puede culpar al pobre por serlo. Porque el empobrecimiento puede llegar en cualquier momento. Por ello, los servicios sociales se definen como «el conjunto de prestaciones que se ofrecen a la comunidad para prevenir o eliminar las causas que llevan a la marginación». Pero no siempre han estado ahí.

La transición política y la democratización de las instituciones supuso un cambio radical en cuanto a la asistencia social se refiere. Del paternalismo, de la beneficencia, de las colas en la parroquia y la necesidad de rendir pleitesía a quien tenía el poder y el dinero se pasó a un sistema público y organizado de protección social, dirigido a todos los ciudadanos para decir adiós a una estructura formada por acciones benéficas. Del «te doy lo que puedo o tengo» al «te doy lo que te corresponde». De la caridad al asistencialismo. Sin embargo, el tránsito de la beneficencia pública a un sistema de seguros, garantías y justicia social fue un proceso lento y complejo que, ahora, está en el centro de debate por tensiones e incertidumbres acerca de su arquitectura, intensidad, sostenibilidad y riesgos.

La línea entre un sistema y otro se fija en la Constitución Española de 1978. Diferentes artículos de la Carta Magna se ocupan de la asistencia social y lo hacen estableciendo como ámbito competencial las comunidades autónomas y las corporaciones locales. El licenciado en Psicología y Doctor por la Universitat de València, Gustavo Zaragoza Pasqual, explica en el informe «De la protección social al estado de Bienestar», publicado por el Comité Econòmic i Social (CES) de la Comunitat Valenciana, cómo se produce el cambio de sistema.

Así, el experto asegura que «en 1980 España firmó la Carta Social Europea con la que asumía la obligación de dotarse de un sistema de servicios sociales. En abril de 1985, la Ley de Bases de Régimen Local obliga a los municipios mayores de 20.000 habitantes a prestar servicios sociales a su población. En 1978, se crea el Instituto de Mayores y Servicios Sociales de la Seguridad Social (Imserso), como gestor de los servicios complementarios de las prestaciones del sistema de seguridad social». De esta manera, «el desarrollo administrativo del sistema se lleva a cabo desde tres niveles diferentes: Administración central (con la intervención de organismos de diferentes ministerios como Trabajo, Seguridad Social, Interior, Sanidad...; las Administraciones autonómicas que han ido asumiendo las competencias que contempla la Constitución y promulgan leyes específicas de ayuda y atención; y las Administraciones locales, que también pueden hacer lo propio si cuentan con más de 20.000 vecinos».

El mayor peso y las competencias pertenecen a las autonomías, que establecen dos niveles de atención con un servicio general dirigido al conjunto de la población y con una atención especializada para colectivos más vulnerables. Ahora bien, la llegada del Botànic en 2015 (PSPV y Compromís, al que se ha unido Podemos) supuso un vuelco al sistema de servicios sociales valenciano al potenciar la atención de la primera puerta a la que llaman los vecinos ante cualquier problema, dificultad o carencia.