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Cullera

El juez rechaza que se devuelva la tasa de basura cobrada entre 2009 y 2013

El fallo judicial comparte la tesis del ayuntamiento y dice que, para reintegrar el dinero, se debería haber recurrido también el acto de liquidación El Supremo anuló el tributo municipal

La juez del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Valencia ha rechazado la demanda presentada por un vecino de Cullera mediante la que se solicitaba la devolución de la tasa de la basura cobrada indebidamente por el ayuntamiento entre los años 2009 y 2013.

En el fallo judicial se alega que el afectado no interpuso ningún recurso contra la liquidación de este tributo y se basa en diversas sentencias del Tribunal Supremo para defender su explicación. Así, se señala que «en materia de revisión de actos administrativos, la vía normal es la interposición de la reclamación económico-administrativa en el plazo de 15 días siguientes (?) Transcurrido dicho plazo sin impugnar dichos actos en la vía indicada, los actos se convierten en firmes y consentidos, inatacables e irrevisables en dicha vía y, en consecuencia, en la jurisdiccional».

El demandante de este recurso había solicitado la devolución de la tasa de la basura porque en octubre de 2013 el Tribunal Supremo anuló este tributo por no cumplirse el plazo de exposición al público antes de su aprobación definitiva en diciembre de 2008. A raíz de esta sentencia, el año pasado multitud de comunidades de vecinos presentaron más de 5.000 alegaciones ante el ayuntamiento para que se les devolviera el dinero cobrado.

Pero el consistorio las denegó todas al entender que la anulación de un reglamento municipal y la devolución de las cantidades pagadas son dos conceptos diferentes. Y como los vecinos no habían recurrido la liquidación, sino que sólo se había denunciado la aprobación de la tasa, no había que devolver el dinero.

En la sentencia del pasado 26 de febrero la juez también recuerda al recurrente que él no fue uno de los vecinos que acudió al Tribunal Supremo para que anulara la tasa de la basura. Además, añade que cuando las comunidades de propietarios pidieron al Tribunal Supremo que esclareciera la sentencia que anulaba la tasa de la basura para saber si el consistorio debía devolver el dinero, el Alto Tribunal ya indicó en un auto aclaratorio que descartaba pronunciarse sobre esta cuestión; aunque, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse respecto a las liquidación aún no formes, lo que, según la juez, excluía a las liquidaciones que ya eran firmes.

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