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«Sospechas» no probadas

Según la juez, «el querellante dedujo que, como Ramón Lis conocía esta discusión, la petición de los tres millones no era iniciativa de su amigo (Lis) sino de los técnicos que suscribieron la propuesta de Vytrusa y del presidente del COR». Para la magistrada, «nada avala dicha sospecha» porque en ningún momento el fallecido Lis «dijo que actuara a instancia de otro, tal como admitió el querellante y corroboró la persona que lo acompañaba» en la cita. La instructora sostiene que «no tiene sentido que Ramón Lis actuara a instancias de alguno de los querellados, máxime cuando, de ser así, en ese momento la adjudicataria habría pagado ya para obtener el contrato y los investigados habrían asumido el compromiso de adjudicar a la UTE» el concurso después de que la comisión técnica señalara la oferta de Vytrusa como la mejor. «Por tal motivo —concluye el auto— la supuesta reclamación dineraria de Ramón Lis no se puede considerar un indicio de comisión de delito alguno por parte de los querellados».

El auto tampoco observa indicios delictivos en el informe pericial presentado por el querellante para poner en tela de juicio el proceso de adjudicación. La magistrada, en cambio, sí pone el foco en que Urbaser —con la que concurría al concurso la firma que denuncia el amaño— «no impugnó el pliego ni la adjudicación» de la planta de Llanera pese a que su oferta era mejor a la de Vytrusa en algunos aspectos y garantizaba los terrenos para la instalación.

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