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«La nueva ley de contratos permite atar más en corto la corrupción»

«Los ayuntamientos, en líneas generales, no se han adaptado todavía a la nueva ley que ya está en vigor»

«La nueva ley de contratos permite atar más en corto la corrupción»

¿Por qué hace falta este curso práctico sobre la Ley de Contratos del sector público?

Porque hay una nueva ley que está en vigor desde el 9 de marzo y aporta bastante novedades, la tenemos que aplicar y hay una necesidad de formación, de conocimiento práctico para resolver nuestros expedientes en el día a día.

En los seis meses que está en vigor, ¿qué ha cambiado para las empresas y los funcionarios?

El mayor impacto es la tramitación electrónica, tanto para la Administración como para las empresas, porque estábamos acostumbrados a funcionar de una manera y, ahora, hay una obligación legal. A cambio, la ley tiene también ventajas, sobre todo para los licitadores, porque cada vez es menor la burocracia y la documentación que tienen que aportar. Si unimos las dos cosas, la menor documentación y la tramitación electrónica, favorece la concurrencia y, sobre todo, favorece a las pequeñas empresas, a las pymes, porque son contratos a los que antaño ni optarían porque les resultaba costoso y ahora pueden hacerlo porque ni tienen que preparar grandes dossieres de documentación ni tienen que desplazarse o enviarlos por correo.

Le he escuchado decir que esta ley es una herramienta contra la corrupción. ¿Será suficiente?

Suficiente no es nunca, porque una ley no termina con la corrupción, la corrupción se acabará el día que se acaben los corruptos, pero sí es cierto que la ata en corto, primero por la propia exigencia del procedimiento electrónico. Lo electrónico deja rastro y el mero hecho de que todo el procedimiento quede digitalizado y archivado... Todas las herramientas de publicación, el perfil del contratante, el portal de transparencia.... le dan, digamos, unos visos de legalidad y rectitud que a lo mejor la contratación no tenía antaño. Y, por otra parte, el contrato menor, que la ley anterior permitía adjudicar directamente, no desaparece, pero también se ata muy en corto. Europa, más que el legislador español, se ha percatado de que se abusaba de esa figura. Es un tipo de contrato en el que, en primer lugar, bajan los umbrales. Por encima de los nuevos umbrales siempre hay que hacer un procedimiento y, además, hay que justificar la necesidad del contrato y demostrar que ese contrato es 'pequeño', que no se ha querido fraccionar un contrato más amplio para eludir las normas de publicidad y concurrencia. Es una ley que, en su esencia, contiene una pretensión y una voluntad muy clara de luchar contra la corrupción. No creo que acabe con ella, pero la puede atar más en corto.

Entre los cambios que incorpora la ley cita la reducción de los umbrales de los contratos.

Los contratos menores pasan de 50.000 a 40.000 euros en obras y de 18.000 a 15.000 euros en el resto. Se podía incluso haber bajado más, pero queda claro que la voluntad es restringir el abuso de la contratación menor.

Ha habido quejas de los ayuntamientos pequeños por la entrada en vigor de la ley...

El legislador no suele pensar en los pequeños municipios cuando legisla. Normalmente, porque es el propio Estado, piensa en un aparato administrativo potente y unidades administrativas con capacidad para gestionar. Los ayuntamientos no tienen esa capacidad, sobre todo los pequeños, y este impacto tan grande de tener que gestionar un cambio tanto interno en la propia administración, como externo, en la relación con los proveedores, para implantar todos los procedimientos nuevos que dice la ley es difícil de gestionar.

También se han producido quejas al reducir la posibilidad de recurrir a un contrato menor.

Es una figura muy recurrente, pero cuando alguien utiliza el contrato menor no es porque sea corrupto, en la mayoría de ocasiones, es simplemente porque es el más rápido. La ley te permitía llamar a un proveedor y, especialmente en los pueblos pequeños, lo entiendo. Ahora se quejan de que o bien ya no pueden recurrir porque se ha bajado el umbral o tienen que hacer todos estos informes de necesidad, de que no se ha fraccionado o alterado el objeto del contrato... y eso resulta más gravoso, y lo puedo entender. Pero,a lo mejor, todos tenemos que hacer un esfuerzo y cambiar de mentalidad. No digo que hayamos usado mal siempre ese tipo de contratos, pero a veces sí que hemos abusado, y si la ley nos está dando un aviso de que lo normal en cualquier administración tiene que ser abrir un procedimiento para que se presenten las empresas, y si no se presentan no pasa nada..., si ese es el mensaje que se está lanzando, no es tan negativo ni es tan largo ni tan burocrático. Hay un nuevo procedimiento, el llamado coloquialmente supersimplificado, que frente al sistema actual, requiere prácticamente el mismo tiempo y te da la tranquilidad de que has abierto la posibilidad de concurrir y ya no estás vinculado por las normas de no fraccionamiento. En el fondo, sí favorece a la papelería de la esquina que se ha utilizado siempre como proveedora.

Como secretario del Ayuntamiento de Alzira, ¿aquí se habían hecho los deberes?

Nosotros nos adelantamos a la ley. En 2012 ya teníamos la licitación electrónica. Evidentemente, hay aspectos que son totalmente novedosos, el procedimiento supersimplificado, la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales, pero lo que tiene que ver con el expediente electrónico y la contratación electrónica lo tenemos prácticamente desde 2012.

Y si ampliamos el foco, ¿los ayuntamientos están ya adaptados en líneas generales?

No, porque la Administración tiene su ritmo y sus plazos. Lo urgente siempre se antepone a lo importante y las cosas no se hacen. Los ayuntamientos pequeños se quejan en este caso también con razón de que haría falta un poco más de ayuda de la diputación provincial.

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