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Normativa

El Ayuntamiento de Alzira también regula la velocidad en la vía verde

Una ordenanza de uso del trazado limita a un máximo de 20 km/h la circulación de ciclistas y peatones - Prevé sanciones de hasta 1.500 euros

El Ayuntamiento de Alzira también regula la velocidad en la vía verde

El Ayuntamiento de Alzira limitirá a un máximo de 20 km/h la velocidad en la vía verde que recupera el antiguo trazado del «trenet» entre Carcaixent y Dénia, según la ordenanza reguladora del uso y funcionamiento de este camino natural que cuenta con 11,6 kilómetros en el término de Alzira, que el gobierno municipal tiene previsto aprobar de forma inicial esta tarde en el pleno. El nuevo articulado señala a peatones y ciclistas como usuarios principales de este trazado -aunque también incluye entre los usos autorizados el paseo a caballo- y fija en 20 km/h la velocidad máxima a la que se podrá circular. La ordenanza tipifica como infracción grave superar esa velocidad y contempla sanciones que pueden alcanzar los 1.500 euros.

El concejal de Medio Ambiente, Pep Carreres, comentó ayer que es necesario contar con una normativa de usos para que tanto la policía como los usuarios «sepan a qué atenerse», que deberán asumir todos los municipios que atraviesa este camino natural intercomarcal. Carreres apuntó que, al parecer, Alzira será el primero en aprobar esta ordenanza -se cogido un modelo que ya regula otra vía verde- y que, defendió, aborda aspectos que «mayoritariamente son de sentido común».

La ordenanza se concibe con un doble objetivo: por un lado, mantener y conservar en buenas condiciones de uso la vía verde del antiguo trazado del «trenet» que unía Carcaixent con la Safor y Dénia a través del valle d'Aigües Vives y, por otra, impulsar «todo tipo de acciones encaminadas a la promoción, el mantenimiento y el desarrollo» de este camino natural que tiene una longitud de 65,6 kilómetros de los que 14,1 se localizan en la Ribera y, en concreto, en los términos de Carcaixent, Alzira y la Barraca.

La ordenanza define como usos autorizables la celebración de pruebas deportivas que no resulten incompatibles con esta normativa y la circulación de vehículos de mantenimiento mientras que prohíbe expresamente la circulación de cualquier vehículo a motor -salvo que el paso sea necesario para acceder a una propiedad-, dejar animales sueltos, utilizar el trazado que se ha recuperado para el pasto de animales, encender fuego, cazar o perseguir a cualquier animal, acampar, cortar flores o especies vegetales y cualquier otra manipulación en los árboles, plantas u hongos, así como la realización de cualquier tipo de vertido.

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