Los problemas económicos que arrastra la Junta Local Fallera de Alzira escondían una última sorpresa que a punto estuvo de explotar a las puertas de las fiestas. Un requerimiento de la Agencia Tributaria impedía al ayuntamiento hacer efectiva la subvención de 130.000 euros consignada para la entidad y con la que tenía previsto hacer frente al grueso de los gastos del ejercicio.

La junta creía haber subsanado la anomalía tras presentar la documentación requerida y abonar una pequeña multa de 274 euros aunque, llegado el 15 de marzo, todavía figuraba en la plataforma de Hacienda entre las entidades que no estaban al corriente de sus obligaciones, por lo que el ayuntamiento mantenía retenida la subvención. Un directivo de la JLF se desplazó ese mismo viernes a las oficinas de la Agencia Tributaria en València para obtener un certificado que confirmara que todo estaba ya en regla, que entregó poco después en las dependencias municipales al objeto de evitar más demoras en el pago a proveedores. La junta de gobierno tenía previsto aprobar ayer la subvención anual a la JLF, confirmó la edil de Fiestas, Isabel Aguilar.

El presidente de la entidad, Jaume Bohigues, explicó que Hacienda reclamaba la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a los años 2013, 2014, 2015 y 2016 -anteriores a su mandato- y que remitió un requerimiento al consistorio que bloqueaba la subvención municipal. Es lo que técnicamente se denomina diligencia de embargo de créditos. Bohigues señaló que la junta no había recibido ninguna notificación. La entidad subsanó los defectos y pagó la multa: 274 euros, si bien inicialmente se abonó esta cantidad por cada uno de los ejercicios.

«Era un papel que no estaba en regla y la plataforma de Hacienda te impedía otorgar la subvención», explicó ayer Aguilar, sin entrar en el motivo. La edil confirmó que la junta de gobierno tenía previsto ayer aprobar la subvención, lo que desbloquea el pago de la misma.

Fuentes de la anterior ejecutiva explicaron que se dio de alta a la JLF en 2015 tras un cambio en la normativa que regula el impuesto de sociedades en entidades sin ánimo de lucro que rebajó los mínimos que obligan a presentar la declaración. Explicaron que el procedimiento contempla una fase de alegaciones si se considera que una entidad no está obligada y señalaron que hubo años que sí se había presentado la liquidación.