«El Ayuntamiento de Guadassuar mantiene su compromiso con la protección de la seguridad de las personas y el medio ambiente y, en todo caso, con la legalidad. Y es a esa legalidad, y no a los intereses económicos del promotor, a la que el consistorio se ha sometido». La aseveración no deja margen para la duda. La expuso ayer el alcalde de la localidad ribereña, Salvador Montañana, para responder a las acusaciones de los propietarios del Circuit de la Ribera, el recinto del motor clausurado por el incumplimiento, según los técnicos municipales, de la legislación vigente. El promotor ha denunciado al ayuntamiento por el cierre e incluso le va a reclamar (como publicó ayer en exclusiva este periódico) veinte millones de euros por daños y perjuicios.

El ayuntamiento no quiso asumir las acusaciones y ayer relató someramente todas y cada una de las irregularidades que, según ellos, les han llevado a cerrar el recinto ya que se pone en peligro la seguridad de las personas y la protección del medio ambiente.

El Circuito de la Ribera ha cesado su actividad por falta de licencia. La mercantil Car Track Events, SL inició la actividad tras presentar ante el ayuntamiento una declaración responsable acompañada de un certificado emitido por el Organismo de Control Administrativo en el que se acreditaba el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la normativa en vigor para la apertura del establecimiento público.

La aportación de este tipo de certificados permite la apertura inmediata de la actividad. Tras numerosas denuncias por las molestias que estaba produciendo el circuito, el ayuntamiento realizó una visita de comprobación, detectándose numerosos incumplimientos que, no certificados por el Organismo de Control Administrativo, como era su deber, hubieran impedido la apertura del circuito.

Por ejemplo, según aduce el alcalde, el promotor declaró un aforo inferior a 500 personas cuando se pudo comprobar que, en realidad, el aforo máximo total ascendía a más de 1.000. El límite de 500 personas es importante en la medida en que determina el procedimiento a seguir, pues en los casos en que el aforo sea superior a 500 personas, el procedimiento de apertura es el de autorización, no el de declaración responsable. Además, el promotor declaró haber finalizado las obras cuando tras la visita de comprobación se detectó que las obras estaban parcialmente finalizadas. La Ley de Espectáculos exige, como requisito previo a la apertura mediante declaración responsable, que las obras estén totalmente finalizadas. En este caso, como el propio promotor reconoce, no lo están. Especial mención requiere el traslado de la línea eléctrica, siendo requisito para el ejercicio de la actividad el desvío teniendo en cuenta que la actual línea atraviesa el circuito y transcurre por algunas de sus pistas.

Emisiones acústicas

Según explicó ayer el ayuntamiento: «El promotor no solo no ha finalizado las obras, sino que en la visita de comprobación se detectó que había realizado obras no amparadas por la licencia de obras. Algunas medidas correctoras, que afectan a la seguridad de las personas y al medio ambiente, habían sido implementadas defectuosamente cuando, en otros casos, como en lo que afecta a riesgos por inundabilidad, el promotor directamente no las ha implementado. Además, el promotor no ha justificado el cumplimiento de las emisiones acústicas».

El circuito no está habilitado, según Montañana, para poder realizar competiciones. Se trata de una condición impuesta por la Diputación de Valencia en el informe de 22 de julio de 2015 emitido en el expediente de declaración de interés comunitario, en el que se dice que no podrán celebrarse competiciones deportivas «en las instalaciones ya que en las modificaciones del proyecto remitidas por el interesado, tales actividades fueron eliminadas de la descripción de la actividad propuesta por el promotor».