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Juzgan por prevaricación urbanística al aparejador municipal de Massalavés

El fiscal pide nueve años de inhabilitación y una multa de 11.000 ? para el técnico que ejerció el cargo hasta 2007 y benefició con sus informes a una empresa para la que trabajaba en el ámbito privado

El aparejador del Ayuntamiento de Massalavés entre los años 1976 y 2007 se sentará a partir del lunes en el banquillo de los acusados por favorecer a una fábrica de escayolas con la que mantenía una relación profesional privada al margen de su función pública. Sus informes como técnico municipal propiciaron que se autorizaran ampliaciones contrarias a la normativa y que se generara un vertedero incontrolado de residuos no peligrosos contraviniendo la legislación propia del sector, según la acusación realizada por el Ministerio Fiscal, que considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de prevaricación urbanística y solicita una pena de nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público como arquitecto técnico y una multa de 11.000 euros.

La sección segunda de la Audiencia de València ha señalado para el próximo lunes la primera de las cuatro jornadas previstas para un juicio que culmina un larguísimo procedimiento incoado en el año 2006 a raíz de una querella interpuesta por una empresa lindante con la mercantil El Alterón, al que se adhirió una año más tarde como acusación una segunda empresa que se consideraba perjudicada.

El fiscal expone en sus conclusiones provisionales que el acusado, en su condición de arquitecto técnico del Ayuntamiento de Massalavés, informó en al menos tres ocasiones la solicitud de ampliación de la licencia de actividad y licencias de obras tramitadas por El Alterón «a pesar de conocer que dicha ampliación se había llevado a cabo en suelo no urbanizable y que para poder realizar la misma era necesaria la previa Declaración de Interés Comunitario por el órgano autonómico competente». Asimismo, argumenta el Ministerio Público, el técnico «también informó favorablemente dichas ampliaciones siendo conocedor de que las dimensiones de dichas ampliaciones superaban el 50 % que establecían las normas subsidiarias de 1981 y el 25 % que establecían las normas subsidiarias de Massalavés de 1996», publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia en el año 2001.

Fábrica de placas de escayola

El relato de la Fiscalía repasa por un lado el informe emitido por el aparejador municipal el 10 de febrero de 2004 en respuesta a una solicitud de la empresa para ampliar su actividad, centrada en la fabricación de placas de escayola. «De forma consciente y voluntaria -subraya el fiscal-, informaba de que el emplazamiento 'si que estaba de acuerdo con las ordenanzas municipales' y que estaba ubicada sobre suelo calificado como núcleo industrial aislado, cuando en realidad se trataba de suelo no urbanizable común y el acusado era plenamente conocedor de la calificación». El informe emitido por el técnico propició que el entonces alcalde concediera por decreto la licencia de ampliación. A posteriori, la Conselleria de Territorio y Vivienda emitiría un informe desfavorable a la ampliación solicitada «ante la creencia de que la ampliación había sido realizada sobre suelo calificado como núcleo industrial aislado a la vista del informe municipal».

La segunda actuación que el fiscal considera irregular se enmarca en el expediente impulsado por la empresa para recabar autorización del ayuntamiento para la reposición de la valla y el relleno de la excavación existente mediante escayola no comercializable y desechos de fabricación hasta el nivel de la rasante definitiva. El técnico informó el 27 de febrero de 2002 «de forma consciente y voluntaria», reitera el Ministerio Público, que el ayuntamiento podía acceder a lo solicitado, por lo que el alcalde concedió la licencia.

«Mediante dicho informe permitió que se autorizara un vertedero incontrolado de residuos no peligrosos sin contar con autorización administrativa», contraviniendo lo establecido por las diferentes normativas que regulan la eliminación de residuos mediante su depósito en vertederos. La dirección general de Calidad Ambiental recomendó el sellado de los vertidos.

Por último, la fiscalía alude a la solicitud de legalización de una nave cobertizo por parte de El Alterón. «De forma consciente y voluntaria, emitió el informe favorable de fecha 28 de julio de 1999 a pesar de ser consciente de que la ampliación requería de la previa Declaración de Interés Comunitario por ocupar suelo no urbanizable común y de que las medidas excedían de las posibles ampliaciones permitidas por la normativa municipal, dado que el propio acusado informante era el mismo que había elaborado el proyecto técnico encargado por la mercantil para solicitar la licencia de legalización de la ampliación».

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