El Plan Especial de Riesgo Sísmico de la Comunitat Valenciana asigna a los pueblos de la Ribera niveles que oscilan desde el mismo umbral a partir del cual es obligatoria la redacción del plan municipal, grado VII en la Escala Macrosísmica EMS-98, que corresponde a un terremoto «dañino» en el que la mayoría de las persona se asusta con el temblor e intenta correr fuera de los edificios, al grado 8,5 se que se ubica entre un terremoto gravemente dañino (VIII) y uno destructor (IX). En todos los casos, en base a los estudios de probabilidad, el mapa señala el riesgo de sufrir uno de estos sismos cada 500 años. La escala define una docena de niveles, desde el grado I en el que la población no percibe el temblor y éste no genera ningún daño, al XII, que se asigna a aquellos sismos «completamente devastadores».
Los municipios con riesgo de sufrir un sismo de intensidad moderada en base al mapa de peligrosidad se localizan en el norte de la comarca. Se trata de Real, Montserrat y Turís. En el extremo contrario, las localidades que a juicio de los técnicos puden sufrir un terremoto más grave corresponden de forma mayoritaria a las que conforman el valle de Càrcer. En este caso, Alcàntera, Antella, Beneixida, Càrcer, Cotes y Gavarda y, ya fuera de la Vall Farta, el plan especial de ámbito autonómico asigna también el mismo grado 8,5 (EMS) a Alberic, Sant Joanet y Castelló.
Una decena de localidades, entre las que se encuentra Benifaió, presentan un nivel 7,5. La relación también incluye Alginet, Benicull, Catadau, l’Énova, Llombai, Manuel, Montroi, Senyera y Sumacaràcer, mientras que el grueso de la comarca y, en él, las ciudades más pobladas y casi la totalidad de los pueblos de la Ribera Baixa, tienen asignado un nivel VIII de la Escala Macrosísmica EMS. La relación la conforman Albalat, l’Alcúdia, Alfarp, Algemesí, Almussafes, Alzira, Benimodo, Benimuslem, Carcaixent, Carlet, Corbera, Cullera, Favara, Fortaleny, Guadassuar, Llaurí, Massalavés, la Pobla Llarga, Polinyà, Raferguaraf, Riola, Sellent, Sollana, Sueca y Tous.
Estructura organizativa
Los planes de actuación municipal deben concretar la estructura organizativa y funcional para la intervención en caso de una emergencia por terremoto en una localidad, así como los sistemas de articulación con organismos superiores en el marco del plan autonómico; catalogar los medios y recursos disponibles, precisar la organización del territorio en función del riesgo sísmico y señalar la infraestructura utilizable en apoyo de las situaciones de emergencia o especificar los procedimientos de información a la población.
En el caso de la C. Valenciana, la provincia de Alicante y en particular la comarca de la Vega Baja presentan el riesgo más alto, mientras que el mapa autonómico asigna a la mayor parte de la provincia de València una peligrosidad media y de poca relevancia en el caso de Castellón.
La peligrosidad sísmica depende en gran medida de la localización geográfica mientras que la vulnerabilidad y las posibles pérdias dependen de las características constructivas de la zona, entre otros factores.
Grado VII en la Escala Macrosísmica: umbral de seísmos que causan daños
El Grado VII en la Escala Macrosísmica EMS, a partir del cual los ayuntamientos tienen la obligación de redactar un plan de emergencias específico por riesgos sísmicos, corresponde a terremotos considerados dañinos, que causan alarma en la mayoría de la población, que trata de salir de los edificios y, especialmente en los pisos más altos, incluso tienen dificultad para mantenerse en pie. En este tipo de sismos se desplazan muebles e incluso pueden volcar los que sean más inestables y se produce la caída de un gran número de objetos de estanterías. El agua de recipientes, depósitos o estanques llega a salpicar. Los edificios peor preparados sufren los daños más graves. El grado VIII se asigna a terremotos que generan dificultad a las personas para mantenerse en pie, incluso fuera de los edificios, y puede volcar muebles o terlevisores y causar ondulaciones en suelos muy blandos.