Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El expresidente del PP de Alberic entrará antes de 15 días en prisión

La ejecución del fallo le emplaza a elegir ya centro penitenciario

Blai Albarracín, en un mitin celebrado en Alberic. | V. M. P.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso elevado por el expresidente del Partido Popular de Alberic, Blai Albarracín, contra la sentencia que le condena a tres años y medio de prisión por un delito de maltrato psíquico habitual a su segunda esposa y otro de lesiones agravadas tras empujarla para que cayera de un vehículo en marcha, una pena que deberá empezar a cumplir en las próximas semanas.

La Sección Primera de la Audiencia de Valencia ha incoado la oportuna ejecutoria una vez se confirmó que la sentencia es firme y ha emplazado a Albarracín para que en el plazo de quince días proceda al ingreso voluntario en un centro penitenciario. El expolítico deberá comparecer el próximo lunes 29 de noviembre para comunicar la cárcel elegida y el día de ingreso.

Con anterioridad, deberá abonar o presentar un compromiso de pago «razonable y prudencial» de la indemnización de 14.000 euros que la sentencia le impone por las lesiones ocasionadas con su acción, las secuelas que se derivan y por daños morales. La víctima sufrió lesiones que la mantuvieron once días ingresada en un hospital, mientras que la recuperación total se prolongó durante casi cuatro meses.

El procedimiento de ejecución concede al reo cinco días para cumplir este mandato y le recuerda la prohibición de aproximarse a su excompañera sentimental, a su domicilio o a su lugar de trabajo durante un período de diez años y seis meses.

La agresión que ha derivado en esta condena se produjo en julio de 2014 y provocó la detención de Albarracín, que en aquel momento ejercía como asesor del grupo popular en la Diputación de València y que, tras su designación como presidente local del PP de Alberic, también se postulaba como candidato a la caldía en unas elecciones que el calendario señalaba a menos de un año. Con anterioridad, había ejercido como concejal en el Ayuntamiento del Genovés. El PP destituyó a Albarracín como asesor tras conocer una acusación que cercenó sus aspiraciones en el partido.

La sentencia detalla que en el transcurso de una discusión en el interior del vehículo, en el que Albarracín insultaba y gritaba a su acompañante, esta le pidió que detuviera el coche con la intención de bajarse. Con este fin puso la mano en el sistema de apertura y al ver que reducía la velocidad abrió la puerta pensando que se iba a detener, momento que -relata el fallo- el acusado aprovechó para dar un acelerón y empujarla por la espalda provocando que cayera del vehículo en marcha.

Albarracín detuvo el coche 20 o 30 metros después del lugar en el que se produjo la caída y aunque en el juicio negó esta acusación, la sentencia señala que su actitud le delata hasta el punto que llegó primero a auxiliar a la víctima un conductor que circulaba en sentido contrario, que tuvo que cruzar la carretera, o que cuando la llevó al hospital alegó que se había caído por las escaleras.

Compartir el artículo

stats