El condado de Carlet se dirime en el Supremo

El actual propietario recurre el fallo de la Audiencia de Barcelona que reconoce a un primo el derecho a reclamar el título. La defensa de Federico Coll Barris apela al principio de propincuidad al ser el pariente más cercano al último poseedor legal

El actual conde de Carlet, en una imagen de archivo con la exalcaldesa.

El actual conde de Carlet, en una imagen de archivo con la exalcaldesa. / V. M. P.

Rubén Sebastián

Rubén Sebastián

La disputa por el Condado de Carlet no ha concluido tras una nueva sentencia (y ya van dos). La primera de ellas, de un juzgado de primera instancia de Barcelona, dio la razón al actual titular del derecho nobiliario, Federico Coll Barris. La magistrada aplicó la legislación foral aragonesa de 1247 para determinar que el pretendiente a conde, Francisco Javier Armet y Castro, había presentado su reclamación fuera de plazo al haberse excedido los treinta años que dicta la jurisprudencia sobre los títulos aragoneses para su consolidación. Sin embargo, un fallo más reciente, de la Audiencia Provincial de Barcelona, concluye que Armet y Castro sí podía pleitear al esgrimir que estaba dentro del límite de cuatro décadas que rige la ley castellana y que era ésta la que debía aplicarse. Ahora, la defensa de Coll Barris llevará el caso hasta el Tribunal Supremo para retener un título que su madre, Paloma Barris, asumió en 1982.

Para hallar la raíz del conflicto hay que remontarse varias décadas atrás. Concretamente hasta 1975, cuando Ricardo Armet de Castellví cedió el condado en testamento a su sobrino Javier Armet Xiol Castellví, padre del demandante y hermano mayor de la abuela del actual conde, la cual se opuso a ese nombramiento.

Línea prioritaria

En 1978 se resolvió la sucesión a favor de Armet Xiol, al entenderse que representaba una línea prioritaria en el tronco familiar. Sin embargo, durante la tramitación del expediente el beneficiario falleció, por lo que no pudo abonar el impuesto obligatorio para disfrutar del título. Como la abuela de Federico Coll también murió en el proceso, finalmente fue su hija, Paloma Barris, la que en 1982 logró que se le concediera el título nobiliario, al quedar como la única solicitante del mismo. Barris fue condesa de Carlet hasta su fallecimiento, en el año 2008, momento en el que su hijo, Federico Coll, heredó el rango.

«Como ambos están en el mismo grado, el que tiene mejor derecho es Federico, ya que es el mayor de los dos»

Sin embargo, 38 años después de que Paloma Barris recibiera el título, Javier Armet y Castro reivindicó su derecho a ostentarlo y planteó un pleito que en 2021 se resolvió en su contra. El juzgado de primera instancia de Barcelona consideró que el derecho del denunciante a reclamar el condado de Carlet había prescrito, al superarse el plazo de treinta años que aplica la legislación a aquellos títulos de la Corona Aragonesa. Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó dicho fallo para dar la razón a Armet y Casto en su reclamación y reivindicar las Leyes de Toro de la Corona de Castilla como las que deben tenerse en cuenta, pues el título emana de la voluntad de Felipe III (rey castellano).

Al respecto, también señala que un título nobiliario «en la fundación de su mayorazgo, exige que para poder suceder en la línea tienes que ser concebido y nacido dentro del matrimonio, algo que no cumplen ni la parte contraria ni sus padres». Por último, Timermans reivindica también el mejor derecho de Coll: «Al no ser ninguno de los dos descendiente en línea recta del conde, debe aplicarse el principio de propincuidad y no el de representación. Esto es, el más cercano pariente al último poseedor legal. Como ambos están en el mismo grado, el que tiene mejor derecho es Federico, ya que es el mayor de los dos».

Con todos los argumentos sobre la mesa, y al no ser firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, será el Tribunal Supremo el que arroje luz sobre un conflicto relativamente moderno (pues las primeras sentencias sobre prescripción de títulos nobiliarios se remontan a 1961) cuyas profundas raíces se hallan escondidas bajo siglos de historia.

La defensa de Federico Coll Barris persistirá en su recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los argumentos que ya ha expuesto durante el proceso por el título de conde de Carlet y que ha dado lugar a dos fallos contradictorios en primera y segunda instancia.

«Se trata de un título de la Corona de Aragón y todos ellos prescriben en treinta años, es absurdo aplicar las Leyes de Nueva Planta a unos títulos nobiliarios que son anteriores. En aquel momento, se incorporó a València el derecho civil y foral castellano, pero no el nobiliario. Este tiene sus propias normas, tal y como reconoció el Tribunal Consitucional en julio de 1997», apunta el abogado Javier Timermans. Una visión que choca con la del letrado Martín de Oleza, defensor de Armet Xiol, que subrayaba que para «los títulos del Reino de Valencia, otorgados por los monarcas como reyes de Valencia en territorio del Reino, se debe aplicar el plazo de cuarenta años que establecía la legislación castellana». El Supremo tendrá la última palabra.

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