La Audiencia archiva la querella del club de natación contra el alcalde de Alzira y el concejal de Deportes

El tribunal considera que no existe prevaricación ni cohecho al exigir el ayuntamiento el pago de una tasa

El alcalde lamenta que se haya llegado a este extremo en lo que considera “una situación ficticia creada por el club pero, sobre todo, por su presidente”

Instalaciones de la piscina en una imagen de archivo.

Instalaciones de la piscina en una imagen de archivo. / Levante-EMV

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de València ha confirmado el sobreseimiento de la querella interpuesta por el Club de Natació Trencaones de Alzira contra el alcalde de la ciudad, Diego Gómez, el concejal de Deportes, Fernando Pascual, y el técnico del departamento, a los que acusaba de un presunto delito de prevaricación administrativa, coacciones y cohecho al exigir el ayuntamiento al club el pago de una tasa por la utilización de la piscina municipal. El auto que desestima el recurso de apelación interpuesto por el club contra el fallo de primera instancia desmonta una a una las acusaciones.

Por un lado, señala que, como expone el auto recurrido, los hechos investigados no pueden ser calificados como delito de prevaricación “porque se ha acreditado que la falta de cobertura legal de la tasa cuyo pago se reclama resulta, al menos, discutible”. En concreto, el club defiende en este litigio que está dispensado de abonar tasas por el uso de la piscina municipal en base a la Ordenanza Fiscal que regula el uso de las instalaciones deportivas municipales. Por contra, el ayuntamiento justifica la imposición en aplicación de la Ordenanza reguladora de los precios públicos en las instalaciones municipales. “No se ha discutido la vigencia de las dos ordenanzas y cada una de ellas podría fundar la pretensión de quien la invoca. Es claro que no corresponde a esta jurisdicción solventar la aparente contradicción normativa que se plantea (si es que realmente existe) ni determinar cuál ha de ser la normativa municipal aplicable al uso de la piscina municipal por la entidad querellante”, señala el auto fechado el 5 de junio, que como hiciera el juzgado de primera instancia, señala que esa discrepancia legal no puede derivar en un delito de prevaricación y que, en su caso, corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa determinar la legalidad de la decisión que “en ningún caso puede ser tachada de arbitraria a los efectos integrar el delito objeto de la querella”.

El auto descarta que el intento de cobro de la tasa pueda constituir un delito de cohecho ya que la tasa tiene cobertura legal y también la acusación de coacciones en la medida que la entidad querellante ha continuado utilizando las instalaciones de la piscina municipal sin haber abonado la tasa, hasta la semana pasada, con el comienzo del mes de junio.

El alcalde de Alzira, Diego Gómez, ha lamentado que se haya llegado a este extremo en lo que considera “una situación ficticia creada por el club pero, sobre todo, por su presidente”. “Mi apreciación es que no toda la gente del club tiene conocimiento de la actuación de su presidente. No todo el mundo sabe que yo, como alcalde, había intentado hablar de cómo se podía arreglar, pero si me acusan de unos delitos muy graves he tenido que defenderme. Lo primero que dijo el ayuntamiento es que se podía estudiar y consensuar una nueva ordenanza fiscal que revisara esta situación, pero con la decisión del club de ir a la vía penal se paralizó todo. Mientras estaba el proceso abierto no he hecho ninguna declaración. Pero durante estos casi dos años desde que se interpuso la querella, no hemos hecho nada en contra del club, se les ha facilitado todo”, indica Gómez.

El alcalde atribuye la última reclamación al Club de Natació Trencaones de una deuda por importe de 69.000 euros a la petición de los técnicos y al hecho que tanto él como Fernando Pascual concluyen su etapa en el ayuntamiento y si no presentaban esta liquidación se les podría acusa a posteriori de no haber hecho nada por cobrar una deuda.