La Justicia vuelve a rechazar la demanda de un grupo de vecinos por las molestias del Zevra y Medusa

La organización reconoce que se trata de "un hito judicial, que protege a los festivales, ya que es la primera vez que un juez dicta una sentencia aplicando la modificación legal de 2019"

Una actuación del Medusa Festival, en una imagen de archivo.

Una actuación del Medusa Festival, en una imagen de archivo. / Laura Silleras

Alzira

El juzgado de lo contencioso-administrativo nº 7 de Valencia ha inadmitido un nuevo recurso presentado contra los festivales Medusa y Zevra y contra el Ayuntamiento de Cullera por parte de un grupo minoritario de vecinos de Torre Espacio, debido a la licencia municipal otorgada a ambos eventos a cuenta de la acústica proyectada por la música.

Hace unos meses, y como ya publicó este diario, los demandantes reclamaban una indemnización de 600.000 euros del erario público por la autorización concedida por el consistorio para la celebración de los festivales y, a su vez, reclamaban un cambio de ubicación. Para ello, esgrimían una ley de protección contra la contaminación acústica, la 7/2002, de 3 de diciembre, que quedó derogada por una modificación efectuada en 2019. En aquel momento, el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 7 de València desestimó el recurso al haberse presentado fuera de plazo.

En esta segunda demanda, que se realizó en paralelo, este grupo de vecinos volvían a reclamar una indemnización económica contra el consistorio y la organización por el mismo motivo. En este caso, la justicia sí que ha analizado todas las pruebas aportadas -en el primer recurso, se presentó fuera de plazo- y, como la misma organización reconoce, "sienta un precedente a favor de los festivales".

La modificación de la ley de protección contra la contaminación acústica de 2019 permite a los consistorios a autorizar festejos de carácter “oficial, cultural, festivo, religioso y otros análogos”, con un margen de emisión de decibelios más amplio, al tiempo que obliga a los promotores a adoptar medidas para mitigar el sonido.

La demanda, según explica la organización en un comunicado, se tramitó, además, en contra de la voluntad mayoritaria de la junta de propietarios de Torre Espacio. Dos tercios de los vecinos votaron en contra de querellarse. Aun así, este grupo minoritario siguió adelante y decidió demandar al Ayuntamiento de Cullera.

A pesar de ser advertidos de que los demandantes apelaban a una ley ya derogada desde 2019 y a su condición de minoría en la junta de propietarios, optaron por continuar adelante en los juzgados.

Los festivales reconocen que, a pesar de la demanda interpuesta por este grupo reducido de residentes, los promotores de Medusa y Zevra "mantienen una excelente relación con la junta de vecinos de Torre Espacio desde hace muchos años". "Una amplia mayoría de los propietarios apoya la actividad de los festivales y son conscientes de que los eventos son positivos para la ciudad y también para su barrio", indican.

La organización señala que los escenarios están orientados en dirección al río Xúquer, por lo que "dan la espalda a las viviendas". "Los escenarios más próximos a Torre Espacio funcionan solo seis días al año (3 en Zevra, a mediados de julio; y 3 en Medusa, a principios de agosto). Además, durante el Medusa hemos instalado pantallas amortiguadoras del ruido y los equipos de sonido están permanentemente monitorizados para causar la menor molestia posible", insisten. Por otra parte, explican que "los propietarios no han podido acreditar que residen permanentemente en ese edificio y, a su vez, las pruebas periciales para medir la acústica de los festivales fue parcial e insuficiente".

Los festivales señalan que esta resolución "es un hito judicial que protege este tipo de eventos musicales, ya que es la primera vez que un juez dicta una sentencia aplicando una modificación legal de 2019 que ampara a los festivales de la Comunitat Valenciana".

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