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La rabia de una víctima de Algemesí: Obligado a litigar a 300 km por un coche averiado que compró tras la dana

La pareja afectada adquirió vehículos en Zaragoza y Benicarló “con vicios ocultos” y denuncia que se les exige reclamar en la sede de los concesionarios

Se quejan ante el CGPJ y el Síndic de Greuges por considerar que los juzgados locales ignoran la ley de consumo al derivar sus casos a otras provincias

Jorge Esteve, en su domicilio, muestra los documentos de las reclamaciones presentadas.

Jorge Esteve, en su domicilio, muestra los documentos de las reclamaciones presentadas. / Levante-EMV

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Alzira

Trescientos kilómetros de distancia separan Algemesí de Zaragoza. Es el recorrido que realizó un coche de segunda mano que, tras la dana, debía facilitarle la vida a Jorge Esteve Martínez. Este vecino de Algemesí perdió su turismo tras el desbordamiento del río Magro el 29 de octubre de 2024: “Como tantos otros afectados, necesitaba un vehículo para reconstruir mi vida y mi movilidad”. Esteve buscó un nuevo vehículo, y en febrero de 2025 lo encontró por internet: “Compré un coche de segunda mano a un concesionario de Zaragoza”. Una vez el coche llegó a Algemesí, el joven descubrió que tenía “vicios ocultos graves”. Según explica, tenía el palier roto y el sistema de cambio defectuoso. Hizo una primera reparación que el concesionario zaragozano asumió pagar: “Lo reparé aquí en un taller que ellos autorizaron”. Pero tras esta primera intervención, salieron otros fallos y “no quisieron hacerse cargo”. Todo esto pasó dentro del primer año del coche en tierras de Algemesí, dentro del plazo de garantía legal para este tipo de bienes de segunda mano, según destaca.

Ante la negativa del concesionario de responder ante los defectos y hacer frente a la garantía, Esteve derivó su queja al Servicio Territorial de Consumo, de la Generalitat Valenciana, “que se limitó a escuchar mi versión y la de ellos, sin llegar a resolver nada”. En consecuencia, acudió a los tribunales y formalizó una demanda civil en el juzgado de Alzira en virtud de las reparaciones costeadas por él, que ascienden a 1.578 euros. El juzgado de instrucción número 7 de Alzira le contestó que se inhibía a favor del juzgado de Zaragoza, ciudad donde tiene su sede el concesionario. Esto obliga a Jorge Esteve a desandar el camino que realizó su coche para poder defenderse y reclamar por una compra defectuosa, lo que para él es una situación de indefensión: “Los jueces de Alzira aplican la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) de forma abusiva, ignorando la normativa de consumo, para despojar a los consumidores de su fuero legal”, declara. Esteve no es abogado ni sabe de leyes, pero se ha estudiado a fondo la legislación para poder reclamar: “El juzgado de Alzira, en lugar de aplicar la norma especial de consumo, aplicó la regla general de la LEC y se inhibió a favor de Zaragoza. No me dio traslado para recurrir. Ahora me veo obligado a litigar a 300 kilómetros de mi casa, después de haberlo perdido todo en la dana”, se lamenta.

Misma situación para su pareja

En una situación similar está su pareja, que prefiere quedar en el anonimato. Ella adquirió también un vehículo en Benicarló y también descubrió que presentaba defectos. De igual manera, el concesionario miró para otro lado cuando les pidió que le ofrecieran una solución y entonces acudió también a los juzgados de Alzira. En su caso, el juzgado de instrucción número 4 también se inhibió al juzgado de Benicarló —”que no existe, porque están en Vila-real”, puntualiza Esteve— pero le dio un plazo de diez días para que presentara un recurso que, no obstante, no ha cambiado la situación y también ella se ve abocada a pleitear desde la distancia.

Esta manera de operar lleva a Esteve a hablar de un “patrón sistemático” de los juzgados de Alzira. “Los valencianos hemos pagado 23 millones de euros para que Alzira estrene nuevas dependencias judiciales. Pero los servidores públicos que trabajan en ellas, al parecer, no están a la altura. La justicia que debería ser un derecho se convierte en una odisea para quien menos tiene”, denuncia.

Excepción favorable a los consumidores

Según explica, la LEC prevé una excepción en casos de defensa del consumidor que permite a los afectados “poder elegir el juzgado de nuestro domicilio”. También lo reconoce así la Ley del Consumidor, que “en el artículo 90.2. declara como cláusula abusiva cualquier pacto que imponga la sumisión expresa a un juez o tribunal distinto al que corresponda al domicilio del consumidor, al lugar del cumplimiento de la obligación o al lugar donde se encuentre el bien inmueble”, dice.

Esteve y su pareja han presentado esta misma semana una queja ante el Consejo General del Poder Judicial y el Síndic de Greuges que “hace alusión a los dos expedientes judiciales, para demostrar que no es un caso aislado, sino un procedimiento habitual”. Esperan poder obtener una respuesta que haga prevalecer la defensa del consumidor y les permita litigar en los juzgados más próximos a su domicilio. Mientras esperan un pronunciamiento oficial, la odisea de estos algemesinenses pone de manifiesto el laberinto burocrático y judicial que aún deben sortear muchos damnificados en su esfuerzo por recuperar, simplemente, la movilidad y la normalidad que el agua les arrebató.

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