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El TSJ declara ilegal el recibo de basura que el COR cobró en 2012

El fallo reconoce el derecho íntegro de un vecino de l'Alcúdia de Crespins y abre la puerta a más reclamaciones

La sección 4ª de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha declarado ilegal la ordenanza fiscal que aprobó el Consorcio de Residuos (COR) con carácter previo a la emisión del primer recibo de la basura —correspondiente al segundo semestre de 2012— en 56 municipios de la Costera, la Canal de Navarrés, el Valle de Ayora y la Safor.

El fallo se pronuncia sobre el caso de un vecino de l'Alcúdia de Crespins a quien una juez de lo contencioso ya reconoció hace un año el derecho de ver retornados los 35,49 euros que abonó al COR a través del servicio tributario de la diputación. La sentencia declaró la nulidad de la ordenanza fiscal reguladora de la nueva tasa de basura, al entender que su aprobación no había ido acompañada de un estudio económico-financiero exhaustivo y no justificaba la equivalencia entre el coste del servicio que pretendía gravary el importe de la nueva tasa, que disparó el coste para los vecinos.

La resolución judicial fue recurrida tanto por el COR como por la diputación. Ambas entidades argumentaron que la juez de instancia no era competente para pronunciarse sobre la legalidad de la ordenanza. Al mismo tiempo, defendieron la «plena eficacia» de la tasa, aprobada en 2011.

Los magistrados revocan parcialmente la sentencia al declarar la «incompetencia» de la juez para entrar a valorar la legalidad de la ordenanza de 2012. A pesar de ello, el TSJ termina haciendo suyos los argumentos del juzgado de lo contencioso nº 3 de Valencia y ratifica la devolución del importe del recibo cuya liquidación impugnó el vecino recurrente, declarando del mismo modo la «ilegalidad» de la citada tasa.

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