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«Que·ls bestiars no entren en figuerals»

? El «Llibre d'Establiments» de Gandia, una colección de ordenanzas medievales que se conserva en el Arxiu Històric, revela cómo se vivía en la ciudad hace 600 años y la férrea regulación de toda actividad pública y privada, que hoy sorprendería

«Que·ls bestiars no entren en figuerals»

El Ayuntamiento de Gandia está tramitando la modificación de la ordenanza de circulación para prohibir que las «minimotos» eléctricas circulen por toda ciudad debido al peligro que suponen tanto para los peatones como para los usuarios de estos vehículos. A parte de ésta, otras ordenanzas como las del ruido, ocupación de la vía pública o la de vertidos en la red de saneamiento tratan de regular la vida cotidiana, de poner orden en las múltiples actividades que tienen lugar en el término municipal. Pero quien piense que esta ansia reguladora es nueva o corresponde a gobiernos de cierta ideología, se equivoca.

La prueba de ello se encuentra en los fondos del Arxiu Històric de Gandia (AHG), donde se conserva una copia del Llibre d'Establiments de la Vila de Gandia, «una reglamentación básica, una recopilación de los acuerdos más importantes adoptados tanto por la autoridad civil, el Consell de la Vila, como por la nobiliaria, el ducado», explica Jesús Alonso, director el archivo.

Ordenanzas desde 1370

Esta colección de normas medievales, «el equivalente a las actuales ordenanzas», apunta Alonso, no está completa. Y sólo hay dos copias, y la otra se encuentra en el Archivo Histórico de la Nobleza, dentro de la sección de los duques de Osuna, herederos del ducado de Gandia. El primer documento, la primera «ordenanza» que se conserva, data de 1370, y un vistazo a los temas tratados durante los siglos XIV y XV da una idea de las principales preocupaciones de los gobernantes y ciudadanos de la época: el juego ilegal, los robos, la limpieza de las calles y de los campos, la regulación de la prostitución, el comercio, el paso de animales o la hora del cierre de las murallas. Y por prohibir, se prohibía hasta la venta de «coloms» si no era a «cinch diners lo parell», o la compra de «conills, llebres, ous ne volateria alcuna per revendre». Y por si había alguna duda, tampoco se podía «matapollar aygües» en el término municipal, es decir, revolver el agua de acequias o estanques con ramas de matapoll, un arbusto algo venenoso, para atontar a peces y ranas y poder pescarlos. Tampoco se permitía que el ganado entrara en los «figuerals», campos de higueras muy habituales en aquella época.

La reiteración de algunas prohibiciones revela que nadie hacía mucho caso de ellas. En los siglos XIV y XV, durante el ducado real (con Alfons el Vell y Alfons el Jove), se vigilaba mucho, sobre todo, el paso de ganado por el término y las transaciones de productos alimenticios como la harina o el vino, sujetas a impuestos y a un control muy estricto.

El que sigue bajo estas líneas es un extracto de los establiments más llamativos.

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