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Tribunales

El Tribunal de Cuentas embarga a Torró, Reig y Gonzalo Morant por el pago de 480.000 euros de IPG a Comarques TV

La notificación se produce tras rechazar las alegaciones que los tres formularon a la resolución de los jueces

Arturo Torró y Javier Reig, cuando el primero era alcalde y el segundo consejero de IPG. juanjo peret

El Tribunal de Cuentas ha notificado a Arturo Torró y a dos de quienes fueron colaboradores suyos cuando era alcalde de Gandia, el embargo de propiedades por valor de 550.045 euros, cifra resultante de la suma de 480.000 euros que Torró pagó a Comarques Centrals Televisió más los intereses generados desde 2014.

Torró, Javier Reig y Gonzalo Morant tenían cargos de responsabilidad en la empresa municipal Iniciatives Públiques Gandia (IPG), desde donde se transfirieron 480.000 euros a la empresa Comarques Centrals TV de forma injustificada, según ha determinado el Tribunal de Cuentas.

En las últimas semanas los tres presentaron alegaciones a esa resolución, pero el Tribunal las ha desestimado y mantiene la decisión inicial, en el sentido de que hubo un «alcance» cuya responsabilidad corresponde a los tres y todos ellos deben devolver el dinero para que se reingrese en la cuenta del Ayuntamiento de Gandia.

Dependiendo de su responsabilidad en esos pagos indebidos, a Arturo Torró se le embargan bienes por valor de 223.455 euros. A Gonzalo Morant 209.997 euros, y a Javier Reig otros 116.591.

Según señaló ayer Reig, que era consejero delegado de IPG, además de estrecho colaborador del alcalde de Gandia cuando gobernaba el PP con mayoría absoluta, esta notificación derivará en la apertura de una demanda de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, a la que se sumará el Ayuntamiento de Gandia, para hacer efectivo el reingreso de los 550.045 euros en la cuenta municipal.

Como informó este periódico en su día, los 480.000 euros que Torró, Reig y Morant pagaron a Comarques Centrals TV tiene, en estos momentos, una imposible explicación. Fue la empresa la que comunicó al ayuntamiento que no podía cumplir con el contrato que había firmado para la emisión de programas televisivos de contenido local, y por ello solicitó una indemnización. Lo lógico hubiera sido que ayuntamiento rechazara pagarle por no poder cumplir con sus obligaciones, pero ocurrió lo contrario y el Tribunal de Cuentas ha visto que eso es un pago indebido cuyos responsables deben reingresar el dinero al ayuntamiento.

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