Las terrazas de bares y cafeterías, Fallas, Semana Santa, exposiciones, la feria del libro, una muestra gastronómica, conciertos, actuaciones de teatro. Todas estas actividades tienen algo en común: necesitan ocupar la vía pública para su desarrollo. Y ahora, por primera vez, están reguladas en una misma y trabajada ordenanza municipal que recoge todos los supuestos en los que se instalan elementos o se celebran actos en la calle.

En Gandia pasan muchas cosas durante todo el año. Hasta ahora, cada empresa o entidad que quería celebrar algún evento en la vía pública debía presentar una solicitud e iniciar un farragoso proceso administrativo que para los funcionarios municipales que debían estudiar la petición suponía consultar mucha legislación, tanto local como autonómica y estatal y normativas para poder darle soporte jurídico a la actividad. Aun así, a veces era imposible porque no existía regulación.

El Ayuntamiento de Gandia acaba de aprobar una ordenanza municipal que recoge y regula todos los supuestos en los que se ocupará la calle para celebrar cualquier evento. El texto busca dar cobertura jurídica a cada actividad pero también simplificar los procesos de los organizadores a la hora de solicitar la licencia al ayuntamiento. De ese modo, ahora existe un único modelo para solicitar el permiso.

Por ejemplo, como explicaba el concejal de Gobierno Interior y Administración, José Manuel Prieto, «la actividad de las fallas no estaba regulada», sino que bebía de diferentes normativas. En la nueva ordenanza sí que se recoge todo lo que tiene que ver con la actividad festiva desde los horarios de cierre de la actividad en las carpas hasta la venta de alcohol. El mismo texto apunta que será un bando de Alcaldía específico y anual el que señalará las fechas en que se podrá ocupar la vía, así como a partir de cuándo se podrá iniciar el montaje de las carpas.

En la Semana Santa, por ejemplo, se apunta que el ayuntamiento «autorizará» las procesiones y se obliga a que las velas contengan un elemento para recoger la cera y que esta no se deposite sobre la calzada.

En el apartado de las terrazas de los bares recoge los preceptos que el ayuntamiento ya explicó en su día. Son muchas las consideraciones que tiene en cuenta, como que las mesas no pueden traspasar el ancho de la fachada, que se puede instalar un máximo de 20 unidades, aunque se puede considerar alguna excepción o que existen vías como la plaza del Prado, el Beato, la plaza Major u otras que tienen un carácter especial y que se pueden tratar de manera individualizada o que se deben recoger las terrazas y no guardarse en la calle por la noche.

«Lo que busca esta regulación es compatibilizar los usos. Los límites de las terrazas los ponen el espacio en el que se encuentran pero también que no entorpezca el paso de peatones», explicaba Prieto. El texto recoge los puntos donde no puede haber terrazas como pasos de peatones, entradas de edificios, vados, etc.

En «constante actualización»

El edil Prieto aclara que la nueva ordenanza es «dinámica», por lo que estará en «constante actualización» para ir adaptándola a la realidad de la ciudad. Con la aprobación de este texto, que se hizo efectiva el pasado 5 de agosto y ya está en vigor, quedan derogadas todas las normativas que existían entorno a la cuestión de la ocupación de la vía pública.

El Gobierno local ha contado con el asesoramiento de entidades de la ciudad para poder abarcar todos los aspectos y singularidades de cada evento o fiesta.

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