El Tribunal Supremo ha dado la razón a una trabajadora cuyo puesto el Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna había degradado en su categorización dentro de la plantilla municipal. 

En un pleno celebrado el año 2013, la corporación rebajó hasta en tres puestos la categoría laboral a la que pertenece la profesional, que es jefa del departamento de actividades culturales.

Disconforme con esta decisión, y después de que el consistorio rechazara el recurso de reposición presentado por la trabajadora, decidió acudir a los tribunales, donde el Supremo le ha dado la razón y obliga al consistorio vallero a reconocerla en el nivel laboral que tenía anteriormente.

La profesional accedió al puesto en el año 1990 tras aprobar una oposición como «Técnica de actividades socioculturales». Entonces, su plaza en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) estaba asignada al grupo B. Un cambio legislativo posterior lo reconvirtió a A2.

En el año 2013, el pleno degradaba esa plaza y la situaba entre tres categoría distintas: A2/B/C1, lo que en legislación laboral se conoce como «puestos barrados». Ese cambio no afectaba a la denunciante de manera directa en su trabajo ni remuneración, pero sí al puesto y a las condiciones de otro trabajador que no fuera ella y accediera a la plaza posteriormente. En la práctica significaba que alguien con formación inferior podía acceder al puesto.

Al no estar conforme, decidió acudir a los tribunales. El primer recurso contencioso-administrativo, en un fallo de 2015, dio la razón a la administración, alegando que «la formación requerida para ejercer las funciones de técnico en actividades culturales son mixtas». La trabajadora recurrió al TSJCV, que en este caso le dio la razón desmontando por completo el argumento de la primera sentencia: «la legislación no prevé la posibilidad de que haya puestos de trabajo asignados a más de un grupo profesional», apuntaba. Esta cuestión es la que ahora el Supremo, tras recurrir el ayuntamiento, ha confirmado: «la adscripción a más de un puesto no es ajustada a derecho».

La empleada dice sentirse «satisfecha pero triste», porque este largo proceso «me ha deshecho física y emocionalmente». Señala que siempre intentó arreglarlo «con diálogo» y que acudió a los tribunales «cuando no tuve más remedio». Explica que, aunque no le afectaba en su trabajo ni en su sueldo «quise luchar por la dignidad del puesto» porque «para trabajar en cultura hay que tener unas competencias y no son de la orden de administrativos», finalizaba.