La justicia obliga a Oliva a hacer indefinido a un empleado con contratos temporales desde 2004

La sala considera que el ayuntamiento ha actuado «en fraude de ley» al no convertirlo en indefinido

T.Á.C. lugar

El juzgado de lo social número 4 de València ha obligado al Ayuntamiento de Oliva a convertir en indefinido no fijo a un trabajador municipal que llevaba desde el año 2004 encadenando contratos temporales.

Según aparece en la sentencia, a la que ha tenido acceso Levante-EMV, la persona firmó su primera vinculación en condición de personal laboral en el mes de julio del 2004 mediante un contrato temporal que duró hasta marzo del 2005. Desde ese momento el ayuntamiento le fue dando de baja y contratando de forma intermitente, llegando a acumular cuatro nuevos contratos hasta el 26 de octubre del 2011, fecha desde la cual sigue trabajando mediante la prórroga anual de dicho contrato.

Después de llevar diez años trabajando de forma ininterrumpida para el consistorio mediante esta fórmula, en diciembre del 2021 el trabajador solicitó al consistorio que se le reconociera como empleado indefinido, una petición que no ha sido resuelta.

Ante la falta de respuesta, el afectado decidió presentar una demanda contra el consistorio y la justicia le da la razón, asegurando que el Ayuntamiento de Oliva está operando «en fraude de ley».

El tribunal considera, tras comprobar la concatenación de contratos, que el hecho de que el trabajador a lo largo de los 18 años realice «unas mismas funciones que solo pueden ser calificadas como estructurales», lo que significa que «obedecen a necesidades ordinarias -del ayuntamiento- y, por tanto, permanentes», motivo por el cual la sala apunta que «no concurre la causa de temporalidad».

Esta situación ha sido reclamada durante muchos años por el sindicato de dicho trabajador, UGT, quien siempre abogó por «la creación de la plaza que ocupaba de forma temporal durante muchos años este compañero. Pero desde el gobierno actual siempre se ha obviado esta situación irregular que ya clamaba al cielo y, por esa inacción de la propia administración», indican desde la formación sindical.

La sentencia no es firme y se puede recurrir por parte de la administración olivense.