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Estas son las nuevas normas de Gandia sobre patinetes que entran en vigor el 30 de enero

La modificación de la ordenanza exige llevar casco, seguro de responsabilidad civil, y sólo podrán conducirlos los mayores de 15 años, entre otras medidas

Un conductor de patinete circula por el centro histórico de Gandia.

Un conductor de patinete circula por el centro histórico de Gandia. / Àlex Oltra

Josep Camacho

Gandia

La concejala de Movilidad de Gandia, Lydia Morant, informó que ya se ha aprobado de forma definitiva la modificación de la Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación, Movilidad y Seguridad, después de no haberse presentado alegaciones durante el periodo de información pública. Este cambio, que afecta fundamentalmente a la regulación de los patinetes eléctricos, técnicamente llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entrará en vigor el próximo 30 de enero.

La norma establece obligaciones para los conductores, normas de circulación, requisitos de seguridad, limitaciones de edad, seguros obligatorios y un régimen sancionador.

Con esta actualización se redefine el capítulo dedicado a los VMP, estableciendo normas de conducta y diligencia para sus usuarios, con la obligación de conducir siempre con precaución y respeto hacia el resto de personas, especialmente hacia los más vulnerables.

En cuanto a la circulación, los patinetes tendrán que transitar por la calzada en vías urbanas, salvo que exista un carril bici, donde podrán optar por este.

Así mismo, queda prohibido circular sobre elementos del mobiliario urbano, tales como bancos, barandillas o similares; así como transportar cargas, o remolcar material o personas.

Se determina que los menores de 15 años no podrán conducir patinetes (VMP). Además, tendrán que cumplir con el Manual de Características de los VMP, publicado por la Dirección General de Tráfico, y por tanto respetar cuestiones como aspectos técnicos y velocidad máxima que pueden alcanzar. Los conductores también deberán disponer obligatoriamente de seguro de responsabilidad civil y un casco homologado correctamente abrochado.

El incumplimiento de cualesquiera de los elementos anteriores será considerado una infracción grave, que comporta una multa de entre 101 euros y 1.000 euros.

Deberán encender las luces en horario nocturno o en condiciones de baja visibilidad.

Según la misma ordenanza, los conductores de ciclos, bicicletas, bicicletas de pedales con pedaleo asistido y vehículos de movilidad personal, como usuarios de la vía, tendrán más obligaciones:

  • A comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes.
  • A utilizar el vehículo con la diligencia, precaución y atención necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto a sí mismo como al resto de usuarios de la vía.
  • A actuar con la máxima diligencia para evitar los riesgos que conlleva la utilización de la bicicleta y vehículo de movilidad personal, y a mantenerlos en las condiciones adecuadas para su uso.
  • A estar en todo momento en condiciones de controlar el vehículo. Al aproximarse a otros usuarios de la vía, debe adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes o en general personas con diversidad funcional o con problemas de movilidad.
  • A mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad y la de los demás usuarios de la vía.
  • A someterse a las pruebas para la detección de alcohol o de presencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el organismo, que se practicarán por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas.
  • A advertir al resto de usuarios de la vía acerca de las maniobras que vayan a efectuar con el brazo. La validez de estas señales realizadas con el brazo quedará supeditada a que sean perceptibles por los demás usuarios de la vía.

La concejala Lydia Morant incidió en que los cambios realizados buscan “garantizar la seguridad de todos los ciudadanos y regular de manera clara el uso de los nuevos vehículos de movilidad personal, por lo cual se intensificarán los controles de la Policía Local para comprobar el uso del casco y la tenencia del seguro obligatorio”.

La actual ordenanza de tráfico entró en vigor en junio de 2020. En 2024, ante la proliferación de patinetes y conductas incívicas, la Policía Local empezó a poner orden en estos vehículos, y a intensificar los controles sobre su uso, incluso con sanciones, y desde el verano de 2025 el ayuntamiento ya venía advirtiendo que se estaba tramitando este cambio. La normativa local sobre patinetes complementa a la que ya aplica la DGT.

Por otra parte, al margen de los patinetes, también se han ajustado los horarios de circulación de los vehículos de reparto en el centro histórico de Gandia para mejorar la convivencia y la seguridad en la zona: estos vehículos solo podrán circular de lunes a viernes entre las 8 h y las 11 h y entre las 15 h y las 16 h, y los sábados de 8 h a 11 horas.

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