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Gandia endurece la ordenanza de aparatos de aire acondicionado para evitar el caos estético en las calles

Ante la proliferación de estos sistemas por el cambio climático el Gobierno redacta una modificación que clarifica y pone orden

Se mantiene la obligación de ubicarlos de forma prioritaria en la cubierta

Aparatos colgados de una fachada del centro histórico de Gandia.

Aparatos colgados de una fachada del centro histórico de Gandia. / Levante-EMV

Josep Camacho

Gandia

El Gobierno de Gandia prepara un cambio en la ordenanza reguladora de aparatos de aire acondicionado, que el ayuntamiento aprobó hace veinte años. Esta modificación llega para poner más orden y concreción, según el Ejecutivo local, tras constatar la proliferación de estos equipos de climatización en las viviendas y en las calles ante las altas temperaturas de los últimos verano, provocadas por el cambio climático global.

Es, además, un texto muy completo que detalla cómo y dónde se deben instalar, con otros dos objetivos fundamentales: mejorar la estética urbana y evitar las disputas vecinales que se siguen produciendo por ruido o por el lugar en el que estos aparatos están situados.

Así pues, el lunes pasado la Junta de Gobierno Local inició el trámite de este cambio normativo en el que viene trabajando el departamento de Urbanismo desde hace varios meses. Para redactar el texto los técnicos municipales han consultado a vecinos, instaladores y administradores de fincas, entre otros, y se han revisado las ordenanzas que tienen otras ciudades.

Al ser la modificación de una ordenanza ya existente no requiere de su aprobación en el pleno municipal, pero sí se someterá a un periodo de exposición pública, con todas las garantías. Si no recibe alegaciones entrará en vigor automáticamente en aproximadamente dos meses y medio, y en caso contrario el plazo se alargaría hasta los tres meses y medio. Como muy tarde para antes del verano ya estaría en vigor.

Básicamente, el texto modifica la norma 2 de la citada ordenanza, la referida a la instalación de estos equipos. Se deja más claro un principio que ya se regía, y es que con carácter general las unidades exteriores de estos equipos se instalarán en las cubiertas de los edificios, no en las fachadas. En caso de que haya impedimentos para ello se irán buscando otros lugares, pero siempre en cascada, dando prioridad a las plantas superiores frente a las inferiores.

En todas las obras de nueva planta y de rehabilitación integral, especialmente en las destinadas a usos residenciales, ya se deberán proyectar y prever los espacios y las conducciones adecuadas en las cubiertas para estos aparatos, tanto los que se pongan durante su ejecución como en el futuro. En ambas actuaciones se deberá aportar al ayuntamiento una memoria o proyecto que garantice el cumplimiento de toda la normativa al respecto, como por ejemplo la eficiencia energética o las medidas contra la contaminación acústica.

Un equipo ocultado.

Un equipo ocultado. / J.C.

En el resto de viviendas, cuando no haya preinstalación ni un espacio de reserva, cosa que se deberá justificar, también se deberán seguir ciertos requisitos. Si se ponen en plantas bajas se deberán colocar a una altura mínima de tres metros. En cualquier caso, no podrán sobresalir del cerramiento exterior ni invadir el dominio público. Si se hace en plantas superiores se pueden colocar en balcones, terrazas o galerías, pero siempre preservando las vistas a la vía pública. Es decir, hay que dar prioridad a fachadas traseras, patios de manzana o cielos abiertos, pero para ello se necesitará un acuerdo válido de la comunidad de propietarios.

Otro punto importante es que las unidades exteriores que irremediablemente estén en fachada deberán separarse como mínimo 60 centímetros de ella.

Además, las instalaciones evitarán molestias a los vecinos por ruidos, vibraciones o emisiones de aire, y garantizarán la recogida y la evacuación de las aguas, con el fin de que estas no se viertan a espacios públicos o privados.

El ayuntamiento dará un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ordenanza para regularizar toda la casuística, incluidos los expedientes que estén abiertos o pendientes de ejecución.

Esmero especial en el centro histórico, Benipeixcar, Raval y Grau

La normativa extrema las exigencias cuando se trata del centro histórico de Gandia y de otros núcleos históricos tradicionales y entornos de protección, como Benipeixcar, el Raval o el Grau de Gandia. Se cuidarán especialmente aspectos como la composición arquitectónica o los materiales de construcción.

Además, en estos núcleos se necesitará pedir una licencia de obras para instalarlos y no bastará con una declaración responsable, como en el resto de la ciudad.

Por otra parte todos los aparatos, no sólo en estos barrios sino en general, se deberán proteger de las vistas desde la vía pública. Por ello, toda la instalación, incluyendo unidades condensadoras, anclajes, cables o cañerías, se ocultarán de la vista con rejillas u otros elementos decorativos, que estarán integrados con la morfología y con los materiales de la fachada existente. Es un detalle que no siempre se cumple, se hace a medias o de forma provisional.

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