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Gandia blinda el padrón contra el fraude y vigilará las viviendas con más de ocho empadronados

La normativa refuerza los controles sobre las inscripciones y permite al ayuntamiento comprobar la residencia efectiva y tramitar bajas de oficio

La Oficina del Padrón de Gandia, situada en el Edifici del Mercat, en la céntrica calle de les Carmelites.

La Oficina del Padrón de Gandia, situada en el Edifici del Mercat, en la céntrica calle de les Carmelites. / Levante-EMV

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Saray Fajardo

Saray Fajardo

Gandia

La nueva ordenanza reguladora de la gestión del padrón municipal de habitantes ya es una realidad en Gandia. La normativa, aprobada sin alegaciones, refuerza los mecanismos de control sobre las inscripciones y establece las actuaciones que podrá llevar a cabo el ayuntamiento ante posibles empadronamientos fraudulentos, duplicados o indebidos, además de regular las bajas y la documentación necesaria para acreditar la identidad y el domicilio.

La aprobación de esta ordenanza llega un año después de que el gobierno local anunciara su elaboración y tras la desarticulación, a finales de 2025, de una organización criminal dedicada a obtener datos personales y falsificar documentos para empadronar de forma masiva a personas extranjeras en la ciudad a cambio de dinero. En este contexto, y según anunció el consistorio, los controles realizados desde el inicio de la legislatura han permitido depurar más de 4.500 inscripciones.

La normativa establece que los datos del padrón deben reflejar fielmente la residencia habitual y efectiva de cada persona. Para ello, el consistorio podrá comprobar la veracidad de la información aportada y exigir la documentación acreditativa de la identidad y del domicilio. Además, cuando lo considere necesario, podrá solicitar otros documentos para verificar el empadronamiento.

La ordenanza contempla, a su vez, las altas por solicitud, los cambios de residencia, las modificaciones de datos personales y los cambios de domicilio. En todos estos casos, el ayuntamiento podrá llevar a cabo las comprobaciones que considere oportunas para garantizar que la información del padrón se corresponda a la situación real.

Más de ocho personas

Uno de los supuestos específicos que recoge la nueva normativa está relacionado con el número de personas empadronadas en un mismo domicilio. Así, cuando se solicite la inscripción de más de ocho personas pertenecientes a distintos núcleos familiares en una misma vivienda, el ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones necesarias para verificar que existe una residencia real y continuada.

Estas actuaciones tendrán en cuenta, además, las condiciones mínimas de habitabilidad y salubridad del inmueble, con el objetivo de evitar posibles situaciones de hacinamiento.

La ordenanza también regula las actuaciones que podrá realizar el ayuntamiento cuando existan indicios razonables de que los datos aportados al padrón son inexactos o falsos. Así, podrá iniciar las comprobaciones necesarias para verificar la residencia efectiva de la persona. En estos casos, cuando se detecte una duplicidad, un fraude o un error material, la normativa contempla la posibilidad de acordar la baja de oficio por inscripción indebida.

El texto considera actuaciones fraudulentas aquellas contempladas en el Código Civil, así como las que, sin llegar a ser un delito de estafa o falsedad documental, impliquen engaño, ocultación o inexactitud sobre la residencia real. También incluye cualquier otra actuación que suponga un incumplimiento de las obligaciones legales en materia padronal.

Estas prácticas, como recoge la ordenanza, podrán dar lugar a las correspondientes medidas administrativas en el ámbito del padrón, sin perjuicio de las posibles responsabilidades administrativas o penales que pudieran derivarse de los hechos.

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