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Sentencia

Un juez avala mantener en Internet el nombre del secretario judicial que procesó al poeta Miguel Hernández

El juzgado número 3 de Alicante respalda la decisión de la Universidad de Alicante de no borrar en Internet a Baena Tocón y desestima la demanda "por derecho al olvido" de su hijo

El poeta Miguel Hernández.

Primero fue la Universidad de Alicante, después la Agencia Española de Protección de Datos y ahora ha sido el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante el que ha declarado ajustada a derecho la negativa de la UA a eliminar de sus buscadores de Internet el nombre de Antonio Luis Baena Tocón, secretario judicial que instruyó el procedimiento sumarísimo contra el poeta oriolano Miguel Hernández.

La sentencia, que puede ser recurrida en apelación tal como recoge el documento, desestima la demanda presentada por el hijo del citado secretario judicial, José Francisco Baena González, contra la resolución dictada el 29 de julio de 2019 por el rector de la institución académica, en la que pedía la retirada del nombre de su padre del repositorio digital de la UA en el artículo de investigación El caso Diego San José, la sombra de Miguel Hernández y el Juez Humorista, firmado por el catedrático de Literatura Española Juan Antonio Ríos Carratalá, en el que analiza el papel del Juzgado Especial de Prensa entre los años 1939 y 1943, al incluir los datos personales de su padre.

El magistrado entiende que debe prevalecer la libertad científica del investigador frente a los datos personales si es de interés público. "Debe prevalecer la libertad científica del investigador en un trabajo de investigación histórica, frente a la protección de los datos personales, cuando la información que contiene tiene relevancia o interés público". Atendiendo, por tanto, a tales criterios de jurisprudencia, "la UA consideró que, en el período histórico investigado, las funciones desempeñadas por Baena Tocón, actuando como secretario judicial, ejerciendo funciones públicas, tienen interés público".

También destaca que "conocer el nombre de las personas que ejercieron autoridad y funciones públicas, como es el caso del juez y el secretario judicial, además de estar íntimamente relacionado con la finalidad misma del trabajo de investigación, resulta de interés público".

El profesor de la UA, tras conocer la sentencia ayer, aseguró estar "muy satisfecho, porque lo obvio, la Historia no se puede escribir sin los nombres de los protagonistas, ahora cuenta con un nuevo respaldo judicial". En este sentido, consideró que el derecho al olvido "no puede suponer la supresión de los nombres de quienes fueron los protagonistas de la Historia en actos públicos y relevantes".

La sentencia firmada por el magistrado José María A. Magán Perales hace referencia a que el demandante intentó a lo largo del proceso ampliar el objeto del mismo a otras publicaciones localizadas donde también se cita a su padre fallecido. "Esta pretensión no ha sido admitida a lo largo del proceso, y así lo señaló expresamente este Juzgado. El acto administrativo impugnado lo es respecto al concreto artículo titulado El caso Diego San José y el Juez Humorista, sin que sea posible la ampliación o entrar a realizar pronunciamiento alguno respecto de otras publicaciones, dado que las mismas no fueron objeto de la petición inicial ni del recurso de alzada que ha dado lugar al acto administrativo traído a conocimiento de este juzgado".

Historia del borrado 

Todo empezó cuando Juan Antonio Ríos Carratalá recibió el 15 de mayo de 2019 la petición de José Francisco Baena de que suprimiera los datos personales de su padre de varios enlaces (uno era de la UA y otro de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes). El 5 de junio de ese mismo año, el departamento de Protección de Datos de la universidad le comunicó que daba la razón al peticionario y que se debía borrar el nombre de Antonio Luis Baena Tocón. De esta forma, retiró el artículo pero no fue borrado.

A finales de ese mes, el catedrático de Literatura Española presentó un recurso de alzada contra esa resolución al considerar que atentaba contra la libertad de investigación, argumento que fue apoyado por una amplia representación del colectivo académico de todo el país al trascender la noticia. A finales de julio, el entonces rector Manuel Palomar, anulaba la decisión tomada desde Protección de Datos y ordenaba que los artículos volvieran a indexarse.

Contra esta resolución es contra la que presentó recurso el hijo del secretario judicial, que ha dado lugar a la sentencia favorable a la Universidad de Alicante dictada el 1 de septiembre por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante.

En octubre fue la Agencia Española de Protección de Datos la que dio la negativa al hijo de Baena Tocón, que también pedía retirar de Google las referencias a su padre, porque, tal como argumentó la institución, "el derecho al olvido es un derecho que encuentra su límite en la libertad de información". 

Precisamente la sentencia recoge también los criterios de esta entidad para argumentar la decisión. "El informe de la AEPD plasma de forma bastante prolija jurisprudencia dictada en materia de derecho al olvido".

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