Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tribunales

Condenan a una tienda de novias por no devolver el dinero del vestido de boda

La ceremonia no se pudo celebrar como consecuencia de la pandemia sanitaria pero el comercio no quiso asumir esta situación

La pareja tuvo que aplazar la boda por la pandemia.

Una conocida tienda de confección de trajes de novia ha sido condenada a devolver el dinero de una prenda que no pudo utilizarse porque la ceremonia tuvo que aplazarse como consecuencia de la pandemia sanitaria. Así, un juzgado de Palma ordena a esta empresa, que actúa a través de una financiera, que devuelva íntegramente el dinero adelantado para la confección del vestido que debía lucir la mujer en la ceremonia matrimonial.

La novia ha tenido que recurrir a los tribunales ante la reiterada oposición del comercio, que ni siquiera intentó intervenir en el proceso judicial. De allí, que la magistrada haya aceptado la versión de la clienta, al desconocer los argumentos de la empresa de confección.

La declaración de la pandemia sanitaria como consecuencia de la aparición del covid y el confinamiento obligatorio decretado por el Gobierno, obligó a aplazar, o incluso a suspender, muchos enlaces matrimoniales previstos. Este es el caso de esta novia, que había previsto casarse con su pareja en el mes de junio del año 2020. Meses antes del enlace, como es lógico, inició todos los preparativos. Una de las partes más importantes era el vestido que iba a lucir en aquel especial evento. La joven acudió a una conocida tienda de vestidos de ceremonia. Eligió el que más le gustaba, que tenía un precio de 2.810 euros. No pagó el precio de toda la prenda, sino únicamente un adelanto de 955 euros. El resto lo debía abonar a la entrega definitiva del vestido, en el que tenían que realizarse una serie de arreglos.

La novia había acordado con el comercio un calendario para realizarse las pruebas del vestido. Eran fechas próximas al día que se iba a casar. Sin embargo, a estas citas no pudo acudir porque la población estaba en plena pandemia y los ciudadanos estaban obligados a permanecer confinados en sus domicilios.

La fecha prevista para la celebración de la boda coincidió prácticamente con el final del confinamiento domiciliario, pero en esos momentos las prohibiciones eran muy estrictas. En estas circunstancias la pareja tomó la decisión de que no se daban las circunstancias para celebrar una boda y acordó retrasarla, sin fijar una fecha concreta.

Ante esta decisión conjunta la joven se puso en contacto con la tienda donde había acordado comprarse el traje. Comunicó, tanto por teléfono como a través de correo electrónico, que había decidido anular la boda y reclamaba la devolución del dinero que había adelantado para que le reservaran la prenda que iba a lucir. No se trataba, según explica la sentencia, de un modelo exclusivo, sino que era de una pieza estándar.

La respuesta que recibió la clienta ante esta petición fue negativa, puesto que el comercio se negaba a devolver el dinero. Consideraba que no tenía que asumir los perjuicios del incumplimiento del contrato.

La novia hizo un pago adelantado del traje, pero no pudo ir a las pruebas al estar confinada

decoration

La magistrada que ha resuelto este conflicto cita las normas urgentes que aprobó el Gobierno tras la declaración del estado de alarma, en las que protegía al consumidor. Así, la norma establecía el derecho del consumidor a dar por resuelto cualquier contrato que hubiera suscrito, al no poder cumplirse por la situación de pandemia. Es decir, el cliente no se podía ver perjudicado frente a una empresa por no poder cumplir un servicio, o un acuerdo escrito.

Es decir, el Gobierno aprobó una norma especial que encajaba a la perfección en el caso de esta novia, que se había visto obligada a aplazar el día de su boda como consecuencia de la pandemia sanitaria. La situación, además, le impedía fijar una nueva fecha del enlace, debido a que las restricciones que iban imponiendo las autoridades, en función del desarrollo del virus, iban cambiando.

La jueza considera que es lógico que los novios aplazaran la fecha de la boda, porque debido a las circunstancias ajenas a ellos, no era conveniente organizar una celebración como la que habían soñado.

La sentencia otorga toda la razón a la futura novia, a la que reconoce su absoluto derecho a recuperar el dinero que adelantó para comprar su vestido. Pese a que la tienda no se defendió en la demanda, la magistrada también le obliga a pagar la costas judiciales del proceso.

Compartir el artículo

stats