Sentencia
El fiscal del accidente del Alvia admite que la seguridad se podía mejorar, pero defiende el único culpable es el maquinista
El representante del Ministerio Público sostiene que el director de Seguridad en la Circulación de Adif, para el que reclama la exoneración, no incumplió ninguna normativa y pide que el conductor del tren pague los daños causados a la vía
La defensa del maquinista solicita su absolución
Redacción
Aunque ya era conocida su decisión de recurrir la sentencia del Alvia para pedir la absolución del que fuera director de Seguridad en la Circulación de Adif Andrés Cortabitarte, la Fiscalía presentó este miércoles el recurso y dio a conocer los argumentos por los que sustenta su impugnación.
Sostiene que Cortabitarte no infringió ninguna norma y si bien la Fiscalía admite que la seguridad en el lugar del accidente era mejorable, señala que la culpa es del maquinista, Francisco José Garzón Amo, por su comportamiento "temerario" y por ser la "causa determinante y claramente detonante" del siniestro. Es más, pide que se le atribuya un nuevo delito al conductor del tren por la muerte de un pasajero que falleció varias semanas después del descarrilamiento y que indemnice a Adif con 1,37 millones de euros por los daños provocados en las infraestructuras.
Cortabitarte y Garzón resultaron los dos condenados en sentencia a dos años y medio de prisión por 79 homicidios cometidos por imprudencia grave, aunque los muertos fueron 80. El fallo también inhabilita a ambos para el ejercicio de su profesión durante cuatro años y medio y además, les impone el pago de una indemnización de más de 25 millones de euros a las víctimas, con responsabilidad civil directa de las entidades QBE y Allianz Global, aseguradoras, respectivamente, de Renfe y Adif.
Quien firma el recurso es Antonio Roma, que toma el relevo de Mario Piñeiro —ascendido al Tribunal Supremo— tras tomarse una decisión unánime en la junta de fiscales del área de Santiago. Y lo que hace Roma es dar continuidad al giro protagonizado por Piñeiro en su última intervención en el juicio, cuando anunció, en contra del criterio mantenido durante todo el proceso, que solicitaba la exoneración de Cortabitarte.
El recurso profundiza en esta consideración para intentar dejar libre de toda culpa a Adif, lo que permitiría a la empresa pública mantener su reputación y proyección internacional para exportar la alta velocidad española.
Para la fiscalía, la responsabilidad es toda del maquinista por su pérdida de atención tras recibir la llamada y actuar de manera "insólita, temeraria y absolutamente imprevisible" y si bien admite que "la seguridad se podría haberse visto potenciada de haber seguido mayores cautelas", de lo que se trata es de "determinar si el cumplimiento de la norma es claro hasta el punto de constituir una infracción penal, atendiendo a los criterios jurídicos exigidos para este sector del ordenamiento jurídico", se recoge en el recurso de 40 páginas. Y a su juicio, no se produjo un "quebrantamiento de la normativa jurídica o técnica preexistente".
Añade que en los informes previos a la entrada en servicio de la línea tampoco nadie (ni Adif, ni Renfe ni el Ineco) detectó un defecto de seguridad evidente.
"Hubo personas o entidades que no fueron suficientemente precisos a la hora de indagar los posibles riesgos en la emisión de informes previos a la producción de la puesta en servicio de la línea, que asumieron acríticamente la explotación de la línea, que embarcaron en los vehículos sistemas de seguridad cuyo software resultaba incompatible con el existente en la línea, o que no apreciaron o no pusieron de manifiesto eventuales riesgos concretos en la circulación de vehículos. Sin embargo, ninguna de estas actuaciones es objetivamente imputable en términos penales a ninguna persona en particular, precisamente porque la normativa en materia de autorización de líneas ferroviarias o de la duración de las comunicaciones a bordo de los vehículos no era tan precisa como deduce la sentencia", aduce la Fiscalía.
También pide la absolución o, en su defecto, una reducción de la pena, la defensa de Cortabitarte.
La defensa de Garzón pide su absolución
La defensa del maquinista ha recurrido también la sentencia y pide la libre absolución de su cliente, que se suma a la de Renfe, que pidió una rebaja de la condena.
El abogado de Francisco Garzón, Manuel Prieto, reclama la libre absolución, "con todos los pronunciamientos favorables, o subsidiariamente estime, que en todo caso, los hechos son constitutivos de falta". Entre los motivos de esta petición apunta a un "error en la apreciación de la prueba" y denuncia "infracción" de un artículo de la Constitución "por vulneración e inaplicación del derecho a la presunción de inocencia, y del principio indubio pro reo".
El abogado Manuel Prieto considera que lo que establece la sentencia en relación a Adif "debería haber dado lugar a la libre absolución de Garzón de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes profesionales por los que fue acusado, o al menos, en todo caso calificarse de falta, conforme al Código Penal vigente al tiempo del siniestro, y actualmente despenalizada".
A su entender, "la cuestión no era si podía ocurrir sino cuándo —el descarrilamiento—, siendo esta la misma conclusión a la que llega la juzgadora". Añade, en este sentido, que, "conforme a la normativa nacional, tanto en materia de seguridad laboral, como ferroviaria, Adif y Renfe eran garantes de la seguridad laboral de los trabajadores con categoría de maquinistas".
De este modo, estaban "obligadas a controlar los riesgos creados por su actividad y la de terceros". Y, según incide: "No hay rastro de la aplicación de la normativa laboral en materia de seguridad por los responsables de Adif y Renfe Operadora".
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